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Un extranjero no puede ser expulsado si no se ha resuelto su petición de asilo

El Tribunal Superior vasco ha sentenciado que un extranjero que haya solicitado asilo "no podrá ser expulsado [de España] sin que se haya resuelto su petición". Por este motivo, anula una orden gubernativa de expulsión del liberiano G.S. que le prohibía entrar en España por tres años.G.S. llegó a Bilbao tras entrar en España por el puerto de Santander el 29 de septiembre de 1996 y el 15 de octubre pidió asilo. Doce días después, el entonces Gobierno Civil de Vizcaya decidió no admitir a trámite su petición y dictó orden de expulsión con fecha 22 de octubre, por lo que en el momento de dictar expulsión estaba pendiente de resolver la solicitud de asilo. El 10 de septiembre de 1998, G.S. se personó voluntariamente en la comisaría del Cuerpo Nacional de Policía de Bilbao y fue detenido por estancia ilegal en España y por carecer de documentación y de medios lícitos de vida, por lo que el Gobierno Civil decidió su expulsión con prohibición de entrada en España por tres años.

El ciudadano liberiano recurrió esta decisión alegando que dejó su país por el miedo a morir como familiares suyos en la guerra civil que asolaba su país. Alegó que su situación era distinta de la que tenía cuando se dictó contra él la orden de expulsión, ya que disponía de DNI y pasaporte, además de tener domicilio estable en Bilbao y trabajar como peón en una empresa de la construcción.

El tribunal rechaza todos los argumentos humanitarios aportados, pero reconoce que al haberse dictado la orden de expulsión con fecha de 22 de octubre de 1996 estaba pendiente de resolver la solicitud de asilo deducida el 15 de octubre y, por tanto "se dictó con patente vulneración de lo dispuesto en el art. 5.1 de la ley 5/1984, de 26 de marzo", que indica que "solicitado el asilo por cualquier extranjero, no podrá ser expulsado sin que se haya resuelto su petición". Por ello, el Superior acoge el motivo impugnatorio presentado por G.S. y anula la orden de expulsión por ser disconforme a derecho.

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