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Regeneración y condena

JUSTO NAVARRO

La niña ha tenido cuatro nombres en sus 12 años de vida. Cuatro nombres y cinco casas. Debe de ser difícil cargar con cuatro nombres, porque cuesta trabajo acostumbrarse al propio nombre, que es único: cuando niño, uno quisiera llamarse de otra forma, como su amigo o su enemigo de clase. Dios mío, ¿por qué tengo que llamarme Justo? Esta niña ha cambiado de nombre cuatro veces y no sé si pensará en sí misma siempre con el mismo nombre, o si se lo cambiará según el estado de ánimo o la edad a la que se recuerde. No sé si deberá cambiar de nombre ahora que la obligan a regresar a casa de sus padres adoptivos, de dónde salió hace siete años. Ha pasado más vida fuera de casa de esos padres, que dentro. La Audiencia de Sevilla la devuelve a su primera casa, aunque la niña quería seguir en la última casa donde la habían acogido.

Es ejemplar el auto de la Audiencia que devuelve a la niña a sus legítimos padres. Esta niña no quiere regresar con sus padres, que son sus padres por una decisión del Estado y por una decisión del Estado podrían haber dejado de ser padres. Pero el deseo de cambiar de padres es frecuente en los niños: se parece al deseo de cambiar de cara. Uno se considera a sí mismo mejor de lo que ve a sus padres:

-Padre, me acuso de creer que no soy hijo de mis padres.

Así hablaba en el confesionario el niño de Absolución, un cuento de Scott Fitzgerald. Es infantil no querer ser hijo de tus padres. La Audiencia de Sevilla así lo ha visto: muchos hijos repudiarían a sus padres pobres. Todos buscarían padres en situación de bonanza: la Audiencia imagina subastas para buscar padres, un mundo donde se promueven permutaciones familiares en aras de colocar a los hijos en familias idílicas. Sería una revolución: niños en pos de su sueño de cambiar de padres. Es una visión del futuro.

Y la Audiencia de Sevilla dictamina para que el mundo no se desbarate: tienes que contentarte con la familia que te toca, aunque la familia te la haya elegido el Estado, y luego te la haya quitado y luego te la dé otra vez. Uno de los fines de la decisión de la Audiencia es educativo: la ley triunfa sobre el Estado, que, sin respetar sus propias leyes, le retiró la custodia a los padres legítimos y sometió a la niña a un proceso perturbador (ir de casa en casa, de centro de acogida en centro de acogida) y despreció la larga lucha de la madre adoptiva por recuperar a la hija a la que crió día a día durante sus seis primeros años.

La Audiencia quiere que la niña cobre conciencia de su pasado: que la internen en un centro hasta que regenere su memoria, purificándola de todas las influencias nocivas a las que estuvo sometida (la niña de 12 años tiene, según la Audiencia, una mentalidad de 9). Debe tomar conciencia de su pasado, de las causas que provocaron el calvario sufrido. Copio las palabras de la Audiencia de Sevilla, que ya forman parte del pasado de la niña con cuatro nombres distintos. A esta niña, condenada a meditar sobre los errores ajenos y a asumir un pasado del que no es responsable, ¿no le podían haber concedido la gracia de cambiar de nombre, padres, casa y fortuna, como cuentan los cuentos de hadas?

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