El director de la central Vandellòs I asegura ante los jueces que el accidente era imprevisible
La Audiencia de Tarragona abre el juicio por el mayor incidente nuclear de España
Las causas del accidente de la central nuclear Vandellòs I eran indetectables y el incendio imprevisible. Ésta fue la tesis defendida ayer por Carlos Fernández Palomero, director del complejo nuclear en el momento del siniestro, el 19 de octubre de 1989, que ayer se sentó en el banquillo de los acusados en la Audiencia de Tarragona junto con dos directivos más de la empresa y dos técnicos del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) a quienes se acusa de un delito de riesgo. El Tribunal frenó un nuevo intento de sus letrados de conseguir la suspensión del juicio basada en una supuesta indefensión, en la vaguedad de las calificaciones fiscales y en la inexistencia de una normativa clara en el nuevo Código Penal.
Fernández Palomero fue el primero de los acusados en declarar. De forma tajante, definió como indetectable la erosión, ocasionada por la humedad formada en unas piezas de la turbina, cuyo desprendimiento fue el origen del incendio. El director evitó de esta forma admitir un comportamiento negligente o imprudente que pudiera derivar en la comisión de un delito de riesgo. Fernández Palomero aseguró estar informado de la existencia de grietas en las piezas en 1986, pero aseguró que este hecho no tenía nada que ver con el que condujo al accidente.Ante la acusación de la fiscalía de que los directivos de la nuclear no activaron el Plan de Emergencia Interior ni cumplieron con el protocolo de actuación que recoge el Plan de Emergencia Nuclear de Tarragona (PENTA), el director aseguró que puso los hechos en conocimiento del gobernador civil, Ramón Sánchez, pocos minutos después de que sucedieran, y que estuvo en contacto telefónico con él durante la noche del siniestro. Fernández Palomero reconoció que no cumplimentó por escrito el suceso, a lo que está obligado, y se escudó en problemas en las líneas telefónicas. El gobernador civil denunció, tras el accidente, el retraso con el que se le comunicaron los hechos.
El director de Vandellòs I, actualmente jubilado, minimizó la importancia de la comunicación escrita y negó una por una todas las tesis del fiscal respecto a la tardanza en el cumplimiento de las exigencias del CSN de cinco modificaciones que debían incrementar la seguridad en el complejo y que este organismo fijó tras el accidente de Chernóbil. El fiscal considera que dos de estas exigencias tenían relación directa con el accidente, ya que se referían a mejoras en el sistema de refrigeración del reactor y en la protección contra incendios. El fiscal expuso la existencia de una reunión, en enero de 1989, entre los responsables de Hifrensa (propietaria de la central) y del CSN en la que el organismo gubernamental habría exigido su puesta en marcha. Palomero reconoció que en el momento del accidente, nueve meses más tarde, el dispositivo contra incendios aún no era operativo. El fiscal se refirió a la falta de recursos del complejo. La noche del incendio, dijo, tan sólo había un traje de amianto, un vehículo y ningún personal adscrito.
Cuestiones previas
El ministerio público, que ejerce el fiscal jefe de la Audiencia, José María Parra, continuará hoy con el interrogatorio de Fernández Palomero, dado que la jornada de ayer se centró además en las cuestiones previas planteadas por las partes, en las que la defensa procuró la suspensión del juicio. El abogado de los directivos de Hifrensa, Luis Jordana, alegó indefensión ya que las acusaciones incurren en contradicciones al definir por un lado un delito contra la Ley de Energía Nuclear que castiga "la intencionalidad" de las radiaciones y recoger luego "que no se lesionó a nadie". Recurrió también al nuevo Código Penal que, dijo, suprime la palabra radiactividad del delito de riesgo, "porque el legislador ya había tipificado con anterioridad sobre la materia", en el sentido de que los delitos penados relacionados con la radiactividad son los que hacen referencia a la liberación de energía a la atmósfera, a los sabotajes en complejos atómicos, a la exposición intencionada de terceros o a la sustracción de material, ninguno de ellos imputables a los acusados. El tribunal acordó que será en el transcurso de la vista oral y en la sentencia donde se dilucidarán estas cuestiones.
Los acusados se enfrentan a la petición fiscal de cuatro meses de arresto mayor y multa de tres millones de pesetas. Las acusaciones particular y popular solicitan 36 años para los cinco acusados y una indemnización similar al coste del desmantelamiento del complejo nuclear, cifrado en 54.000 millones de pesetas.
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