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Un tribunal anula una multa de la ORA porque se falseó la firma

El fraude de las firmas falseadas de policías municipales de Madrid en multas de tráfico puede afectar también a muchas sanciones de la ORA impuestas por controladores. Cuando el PSOE destapó la falsificación de firmas en los recursos de multas, el concejal de Hacienda del Ayuntamiento de Madrid, Pedro Bujidos, negó que ese fraude alcanzase también a las sanciones de la ORA. Bujidos se negó a revisar esas multas: "Ahí no hay nada", explicó. El Tribunal Superior de Madrid le ha desmentido al observar en un expediente relacionado con una multa de la ORA que "hay disparidad de firmas" (al menos, una de las rúbricas es falsa). Este hecho vulnera la ley. Por esa razón, los jueces han decidido anular la sanción impuesta al automovilista madrileño F.S.A. Este conductor fue multado en 1997 por aparcar sin el recibo correspondiente en una zona regulada por la ORA. El supuesto infractor recurrió la sanción porque el controlador de la ORA que le había multado a él era distinto, a juzgar por las firmas, del que figuraba en el escrito de ratificación de su multa. La empresa Multauto, que ha tramitado el recurso de este automovilista, dispone de "muchos más casos similares", según explicó ayer su director jurídico, Fernando Ortega.

El gobierno municipal defendió hace un año que el fraude de las firmas no afectó a la ORA

Los otros casos supuestamente irregulares de multas relativas a la ORA de que dispone la empresa Multauto no se han hecho aún públicos porque están pendientes de resolución judicial, según destacó ayer el letrado de esta empresa que se dedica a prestar ayuda legal a los automovilistas sancionados.Cuando estalló el escándalo de la falsificación de firmas en los recursos de multas, el concejal de Hacienda del Ayuntamiento de Madrid, Pedro Bujidos, admitió que había "irregularidades" en miles de multas de las impuestas por los agentes de la Policía Municipal, y se comprometió a revisar casi 180.000 expedientes. El fraude consistía en que los agentes imponían sanciones y luego eran otros policías los que las ratificaban.

A preguntas de los periodistas, Bujidos señaló que la investigación se iba a centrar sólo en las multas de la Policía Municipal, porque en las de la ORA, declaró, "no hay nada" (véase el PAÍS del martes 16 de febrero de 1999). Este periódico intentó ayer, sin éxito, conocer la opinión del concejal Bujidos sobre la sentencia que demuestra la irregularidad en las firmas de un expediente de la ORA.

En 1993, los 400 empleados municipales de la ORA rellenaban a diario unas 40 denuncias cada uno, lo que daba un resultado de 16.000 multas diarias. En la actualidad, el número de controladores se ha reducido sensiblemente y, paralelamente, el de las multas. Fuentes municipales indicaron ayer que en la actualidad se están imponiendo unas 750.000 multas de este tipo cada año, cuyo coste se eleva a 10.000 pesetas cada una.

F.S.A., el conductor cuyo recurso ha vuelto a activar la polémica sobre las falsas firmas en los expedientes de multas, fue sancionado por aparcar en una zona de carga y descarga regulada por la ORA. F.S.A. alegó que él no había estacionado su coche en esa zona y por eso recurrió la multa ante el Ayuntamiento. El Consistorio, sin embargo, ratificó la sanción el 28 de abril de 1997. En vista de ello, el conductor puso el caso en manos de la empresa Multauto, que acudió a los tribunales. Multauto, aparte de la razón esgrimida por su cliente, alegó otras razones para que se le revocase la multa (falsificación de la firma, tramitación irregular, falta de potestad del controlador). Multauto ha ganado este pleito, cuyo fallo cabe extrapolar a otros casos similares en curso, dado que el Tribunal Superior crea jurisprudencia entre órganos inferiores.

Recursos

El Tribunal Superior ha anulado la sanción impuesta a F.S.A. porque, según explica en la sentencia, "se observa con claridad meridiana la disparidad de firmas existentes en los documentos sometidos a controversia". Es decir, el controlador de la ORA formuló su escrito de denuncia y lo firmó, pero luego, tras el recurso del automovilista, fue otro controlador, o al menos otra persona, quien firmó la ratificación. El Real Decreto 320/94, que regula el procedimiento administrativo en lo que respecta a las multas de tráfico en las ciudades, obliga al agente que impone la multa a ratificarla después en caso de que el afectado presente un recurso. En este caso, según el alto tribunal madrileño, las firmas no concuerdan, por lo que la multa "no se ajusta a derecho", explican los jueces.

El tribunal recuerda en la sentencia, además, que los controladores de la ORA carecen de postestad gubernativa para imponer por sí mismos una denuncia de este tipo. Tienen la obligación, en caso de que observen que un vehículo carece del preceptivo billete de la ORA, de avisar a un policía municipal para que sea éste el que levante y firme la oportuna denuncia. Al carecer de esa potestad gubernativa, el controlador es un ciudadano más. Si el infractor niega haber cometido la infracción -como ocurrió en el caso que ha propiciado esta sentencia-, la palabra del controlador no tiene más valor que la del supuesto infractor, y, al ser la palabra de uno contra la de otro, los jueces esgrimen la presunción de inocencia y anulan la multa. De ahí la obligación legal de que la denuncia de un controlador sea respaldada en el acto por un agente municipal, ya que la ley le otorga un plus a la palabra de un agente frente a otros ciudadanos. En este caso, el controlador se limitó a remitir la denuncia al Ayuntamiento para que éste la cursase. Y, cuando el ciudadano la recurrió, otra persona distinta firmó la ratificación, lo que vulnera la ley, según la sentencia.

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