Barcelona, pionera en resolver los juicios de faltas en 72 horas La Guardia Urbana facilita las citaciones de los afectados
Tres juzgados de instrucción de Barcelona han puesto en marcha una experiencia piloto de justicia inmediata que deja vistos para sentencia en un plazo máximo de tres días la inmensa mayoría de los casos que el Código Penal tipifica como faltas. La iniciativa es pionera en España y reduce de manera drástica los tres meses de espera que, como media, se producían hasta ahora para juzgar estas infracciones penales menores, como los hurtos hasta 50.000 pesetas, las amenazas y coacciones, y la conducción sin el permiso obligatorio.
La puesta en marcha de los juicios inmediatos ha sido posible tras el acuerdo alcanzado hace meses entre el juez decano de Barcelona, Joaquín Bayo, y el Ayuntamiento de la ciudad, en un intento más de combatir el justificado tópico de lentitud que va asociado siempre a la justicia. El proceso se inicia cuando el juez de instrucción se encuentra en funciones de guardia -bien sea de incidencias o de detenidos- y recibe los atestados policiales con una denuncia o pasa a su disposición un ciudadano sin domicilio fijo que es conducido por la policía acusado de una falta, habitualmente por hurto. En ese momento, el juez inicia la tramitación del caso y cuando el magistrado finaliza la guardia -a las 9.00 horas del día siguiente- ya ha acordado la fecha y la hora del juicio que él mismo deberá celebrar.
Al acabar la guardia, el juzgado remite a la Guardia Urbana de Barcelona las citaciones para que las comunique a los denunciantes, los denunciados y los testigos. En la inmensa mayoría de los casos, las notificaciones se llegan a materializar y la celebración del juicio está asegurada para el día previsto, pero cuando no ocurre así, los agentes lo comunican al juzgado y se fija otra fecha. De esta manera se evita, como es práctica muy habitual en la justicia, que se suspenda la vista por incomparecencia de alguna persona ante el malestar de los restantes, que sí acuden al juicio pero que han de volver otro día.
Las faltas que se juzgan se refieren siempre a cuestiones menores que afectan a un gran número de ciudadanos, como el ya referido hurto inferior a 50.000 pesetas, así como las injurias, calumnias y amenazas verbales entre vecinos o cónyuges. También son faltas los accidentes de circulación con heridos leves, la conducción sin el seguro obligatorio y el robo de un vehículo o una motocicleta sin ánimo de apropiárselos. Los daños cometidos contra el mobiliario público, la desobediencia leve a un policía y la perturbación, también leve, del orden público se consideran igualmente faltas. El Código Penal prevé para estos casos penas de arresto de entre uno y seis fines de semana, privación del derecho de conducir hasta por un año, multas de entre 1.000 pesetas y 3 millones, según el patrimonio del condenado, y trabajos en beneficio de la comunidad por un tiempo comprendido entre 16 y 96 horas.
El recelo de lo nuevo
En Barcelona hay 33 juzgados de instrucción que celebran una media anual de 650 juicios de faltas cada uno. A pesar de ser casos menores, generan una gran cantidad de papel y de trámites burocráticos, hasta el punto de que una tercera parte del personal de cada juzgado de instrucción se dedica sólo a tramitar o ejecutar casos de faltas. Contra las sentencias de esos casos -las únicas que dictan esos juzgados- se puede recurrir ante la Audiencia de Barcelona.
Hasta ahora los magistrados que se han sumado a la experiencia piloto son los titulares de los juzgados número 3, 11 y 16, aunque otros dos han anunciado ya que en las próximas semanas se unirán a la iniciativa. "Lo nuevo provoca siempre un cierto recelo, pero confío en que dentro de unos meses la mayoría de los juzgados hayan puesto en marcha este sistema que poco a poco vamos puliendo", explica el juez decano de Barcelona.
El decano recuerda que cuando se pusieron en marcha en 1992 los llamados juicios rápidos -para juzgar delitos menores en el plazo de 15 o 20 días- también encontraron alguna reticencia y ahora están plenamente asumidos. "Creo que con los juicios inmediatos pasará lo mismo", explica Bayo. Por su parte, Montserrat Comas, titular del Juzgado de Instrucción número 3, afirma: "Si nos refuerzan los medios y nos ofrecen un servicio de citaciones para estos casos, creo que es bueno que lo aprovechemos para agilizar la justicia".
La experiencia de Barcelona es única en España. En Madrid se intentó hace meses una idea similar, pero fracasó. Lo que allí se pretendía era que un juzgado de lo penal juzgase en 24 horas ciertos delitos cuando el acusado había expresado su conformidad con ser condenado. Lo que ocurrió fue que en la inmensa mayoría de los casos el afectado se desdijo y renunció a declarse culpable, acogiéndose a un derecho que le asiste. En los juicios de faltas no se exige este requisito.
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