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El Superior reitera que Hondarribia debe integrar a las mujeres en su Alarde

Maribel Marín Yarza

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha vuelto a dar un espaldarazo a las reivindicaciones de quienes aspiran a lograr un Alarde de Hondarribia igualitario al fallar un recurso que, sin embargo, es favorable al Ayuntamiento. El tribunal sanciona que puede ser una asociación local la que organice un acto festivo, pero advierte de que no por ello deja de ser un desfile público que debe respetar los derechos constitucionales.

La sentencia resuelve un recurso contencioso-administrativo que interpuso el colectivo Juana Mugarrietakoak en septiembre pasado. Esta entidad, partidaria de la igualdad de hombres y mujeres en el Alarde, reclamaba al máximo tribunal vasco que anulase un acuerdo de la comisión de gobierno de Hondarribia por el que se le denegaba la organización del desfile y autorizaba la misma a los mandos integrados en la asociación Alarde Fundazioa, partidaria de la fiesta tradicional.El Superior falla ahora en favor del Ayuntamiento, entiende que aquel acto no es anulable y que puede ser una asociación legal la que promueva el acto festivo, sin necesidad de autorización previa.

En todo caso, en este proceso puntual, el tribunal da un espaldarazo a las reivindicaciones del colectivo de mujeres. Juana Mugarrietakoak ha defendido desde que estalló la polémica sobre la participación igualitaria de la mujer en el Alarde, que el desfile es público y que, por tanto, el Ayuntamiento no puede soslayar su responsabilidad y debe garantizar que se respeten los derechos constitucionales.

"El Alarde", dice ahora el Superior, "forma parte de un entramado de festividades patronales. (...) Desde ese punto de vista es público", aunque la corporación no organice directamente el desfile. Y precisamente por esa "vinculación especial de un poder público, democrático y sometido a la Constitución y las leyes" debe fiscalizar y erigirse en tutor de sus actividades y "obligarle a promover las condiciones de igualdad y a facilitar la participación de todos los ciudadanos".

El tribunal echa así por tierra uno de los argumentos más esgrimidos por los defensores del Alarde tradicional, que sólo aceptan la participación de la mujer en el desfile como cantinera. Es "una vinculación decisivamente más fuerte que aquella otra que la Administración demandada esgrime acerca de la salvaguarda de sus formas y signos tradicionales por importantes que éstos resulten". El tribunal asevera así de forma explícita que el derecho está por encima de la tradición.

El Superior ya sancionó en una sentencia de enero del año pasado que los desfiles de Hondarribia e Irún deben garantizar el cumplimiento del derecho constitucional a la igualdad de sexos.

El Alarde de Hondarribia, que se celebra cada 8 de septiembre para recordar la batalla que puso fin al sitio francés de 1638, reúne en una marcha militar a unos 4.000 hombres y apenas 20 mujeres cantineras. Las mujeres que llevan años reivindicando su derecho a participar como escopeteras, hacheras o capitanas, no pudieron desfilar en la última marcha. Un cordón policial de la Ertzaintza impidió que se sumaran al desfile que ahora organiza Alarde Fundazioa, que solicitó permiso para utilizar la vía pública, acogiéndose al derecho de reunión y manifestación.

El recurso no debía resolver sobre esta cuestión, pero Juana Mugarrietakoak pidió un pronunciamiento al tribunal que vuelve a ampararle. "No puede aceptarse que esa representación o puesta en escena de la marcha de un antiguo ejército se inscriba en el ejercicio político de reunión o manifestación", dice el fallo. El tribunal reconoce que no es ése el tema de fondo de la resolución, pero anuncia la vía por la que pueden venir posteriores sentencias. El ponente del fallo es el mismo que verá el recurso que la entidad presentó contra la Ertzaintza en el pasado desfile.

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