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Condenado a 17 años de cárcel un ladrón que contagió la hepatitis C a su víctima al clavarle una jeringuilla

La sección séptima de la Audiencia de Barcelona ha condenado a penas que suman 17 años de prisión a José Blázquez Barón, un joven que robó a una mujer y posteriormente le transmitió la hepatitis C al clavarle una jeringuilla con su sangre, que se extrajo delante de ella y que estaba contaminada con el virus del sida. El tribunal impone al joven cinco años de prisión por un delito de robo y otros 12 años por un delito de lesiones, el máximo permitido en el Código Penal, que fue la pena solicitada en el juicio tanto por el fiscal como por la acusación particular. La sentencia condena igualmente al joven a pagar 25 millones de pesetas de indemnización a la víctima, ante el "carácter irreversible de la enfermedad transmitida y las nefastas consecuencias derivadas en facetas de la vida familiar, laboral y personal de la víctima".

El tribunal recuerda que la hepatits C que sufre la mujer es crónica y puede derivar en una cirrosis hepática, así como la ruptura de su relación matrimonial por este motivo y que le ocasionó una incapacidad laboral, además de un "trauma inherente".

Los hechos ocurrieron el 19 de enero de 1998, cuando el acusado, acompañado de otra persona que no se ha podido identificar abordó a una mujer en los alrededores del centro Delta, en Badalona. Después de robarle las 3.000 pesetas que llevaba en el monedero, un reloj y hasta su alianza de matrimonio, Blázquez sacó una jeringuilla de su bolsillo, se extrajo sangre de la mano izquierda y se la entregó a su compañero diciéndole: "¡Toma, métesela!". El acompañante, que sujetaba a la víctima retorciéndole el brazo, inyectó a la mujer la sangre en el cuello.

El tribunal alude en la sentencia a que el condenado conocía la gravedad de las enfermedades de las que era portador y recuerda la "gratuidad y carácter absolutamente perverso de la transmisión producida, cuando ya se habían obtenido los fines predatorios que pudiera inicialmente haber guiado su ya de inicio torpe conducta". La sentencia rechaza por completo la versión del acusado, quien afirmó durante el juicio que se encontraba en otro lugar cuando ocurrieron los hechos. Por el contrario, la sala alude a la identificación que hizo la mujer de su agresor, "como autor de unos hechos que no ha podido borrar de su memoria, como tampoco ha podido desdibujarse la figura" de aquél.

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