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Los jueces proponen crear otro juzgado de guardia para casos de violencia doméstica

Un grupo de jueces de Madrid ha propuesto la creación de un cuarto juzgado de guardia, cuyo cometido sería enjuiciar en 48 horas las denuncias por casos leves de maltrato familiar, según indicaron ayer fuentes judiciales. Esta iniciativa ha partido de una decena de jueces de instrucción (los que investigan delitos) y será analizada el próximo viernes día 20 en una junta de magistrados. Enjuiciar en 48 horas los casos de violencia doméstica leve, como si fuera un juicio rápido, permitiría actuar con mayor contundencia contra los agresores habituales, sostienen.

Este cuarto juzgado de guardia (Madrid dispone hoy de tres, uno de diligencias y dos para interrogar a los detenidos que les lleva la policía) se encargaría, además, de celebrar juicios rápidos de faltas (amenazas leves, insultos, determinados hurtos). Funcionaría así: el juez de guardia recoge la denuncia de la víctima, acuerda las diligencias oportunas y fija el juicio en las 48 horas siguientes. Cada día habría un juez distinto, ya que los 46 que hay en Madrid se turnan en las guardias.Esta iniciativa, según fuentes judiciales de la plaza de Castilla, será estudiada en la junta que tienen previsto celebrar el próximo día 20, viernes, los 46 magistrados de instrucción de Madrid. En principio, será defendida por una decena de magistrados. Uno de los objetivos de este proyecto, aún en fase de estudio, es mitigar las lagunas jurídicas que en ocasiones impiden a los jueces tomar medidas más drásticas contra los habituales de las agresiones domésticas. En muchas ocasiones, los jueces tienen que dejarles libres pese a los cargos que pesan sobre ellos porque, a efectos legales, una mera denuncia no constituye un antecedente penal. Y la ley dice que toda persona es inocente mientras no se demuestre lo contrario mediante una sentencia. Este principio constitucional obliga a los jueces a dejar libres a estos delincuentes, aunque sean varias las denuncias que pesan sobre ellos, al no poder computar las denuncias como antecedentes.

Esta propuesta surgió tras la polémica que ha desatado el crimen de María del Mar Herrero, asesinada a cuchilladas por su ex novio el pasado mes de octubre. María del Mar había presentado varias denuncias contra su ex novio por amenazas de muerte, pero, al estar el acusado pendiente de los respectivos juicios, la juez de vigilancia de Madrid número 1 optó por dejarle en libertad condicional al entender que no podía computar como antecedentes penales tales amenazas.

La labor de este cuarto juzgado se centraría también en la celebración de juicios rápidos de faltas, entre ellos, los hurtos cometidos contra visistantes extranjeros. "Por ejemplo", señala un juez, "el caso del turista japonés al que le roban la cartera en Madrid. Estos casos casi siempre quedan impunes, pues se fija la fecha del juicio meses después del hecho y, lógicamente, esa persona ya está en su país y no se va a desplazar a España para un asunto que, como mucho, termina con una multa de 25.000 pesetas para el acusado", afirma.

Otro de los cometidos de este cuarto juzgado sería actuar contra las personas que cometen una mera falta y carecen de domicilio fijo o conocido. Al tratarse de un hecho leve, quedan libres y luego resulta muy difícil celebrar la vista contra ellos porque no se les puede localizar.

Esta iniciativa ha sido expuesta al fiscal jefe de Madrid, Mariano Fernández, y a la fiscal encargada del registro de víctimas de delitos violentos. Fernández, según los citados medios, se mostró reacio en un principio a la propuesta alegando que esa celeridad podría asemejarse "a la justicia de Nerón". "Posteriormente se comprometió a estudiarla con más detenimiento y aludió a la necesidad de más medios en la fiscalía para llevarla a cabo". Los jueces consultados por este periódico entienden que la iniciativa no mermaría las garantías del procesado, ya que, entre otras posibilidades, "la sentencia es suceptible de recurso ante la Audiencia Provincial".

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Agentes policiales

Legalmente, esta iniciativa no tendría pegas. El artículo 964 de la Ley de Enjuciamiento Criminal señala que los juicios por faltas deben celebrarse en los tres días siguientes a la comisión del hecho. "Esto permitiría cumplir de una vez por todas este precepto", señalan estos magistrados.Para llevar a cabo esta propuesta es también necesaria la colaboración policial, pero tampoco habría problemas en este aspecto, porque ya existe un grupo de 10 agentes policiales en los juzgados cuya misión es facilitar la celebración de los llamados juicios rápidos e inmediatos, "que están resultando un fracaso", sostienen fuentes jurídicas. "Es raro el día que se celebra algún juicio de este tipo", se lamentan.

Este periódico intentó ayer, sin éxito, hablar sobre este asunto con el juez decano y el fiscal jefe de Madrid.

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