Liaño recurre al Tribunal Constitucional y le pide que no ejecute la condena
El ex juez Javier Gómez de Liaño alega en un recurso de amparo interpuesto ayer ante el Tribunal Constitucional que el Tribunal Supremo vulneró sus derechos constitucionales no sólo con la sentencia que le condenó a 15 años de inhabilitación especial y expulsión de la carrera judicial por delito continuado de prevaricación, sino también durante el periodo de instrucción del proceso.El abogado y diputado del PP Jorge Trías, acompañado de María Dolores Márquez de Prado, esposa de Gómez del Liaño y codefensora del ex juez condenado, presentaron ayer en el Tribunal Constitucional un recurso de amparo de un centenar de folios en el que también solicitan la suspensión provisional de la ejecución de la sentencia.
Según el recurso, la ejecución de la sentencia implicaría prácticamente la "muerte civil" del juez condenado ya que según el recurrente, "se vería privado de su empleo y de su derecho constitucional al trabajo", lo que "sin duda es peor, mucho peor que cualquier otra pena, incluida la privativa de libertad".
El juez también alega que no se derivarían perjuicios para el interés general si sigue ejerciendo en su juzgado hasta que se resuelva el recurso. En cambio, afirma que si se le mantiene separado de sus tareas jurisdiccionales y después se le restituyen sus funciones, quedaría dañado "durante largo tiempo" el derecho de "muchos ciudadanos" al juez predeterminado por la ley, es decir, a tenerle a él como juez.
Motivos del amparo
En el cuerpo del recurso, Liaño aduce ocho motivos de amparo, la mayor parte de ellos ya esgrimidos durante la instrucción y el plenario de la causa. Entre ellos, el de haberle abierto un sumario en vez de un procedimiento abreviado; el de haber sido sometido a dos procedimientos distintos por unos mismos hechos, o el de haberse rechazado la recusación que planteó contra dos miembros del tribunal por la Sala Especial del artículo 61 (integrada por el presidente y 15 magistrados del Tribunal Supremo).
También alega que no ha tenido un juicio justo porque los dos magistrados que confirmaron su procesamiento no debían haberle juzgado, y que el tribunal reconstruyó el delito con la única finalidad de condenarle, o que se vulneró su presunción de inocencia.
Tras presentar el recurso, la esposa de Gómez de Liaño, la fiscal Márquez de Prado, dijo a un grupo de periodistas: "Lógicamente, de los jueces del Tribunal Constitucional no tenemos de momento ninguna razón para desconfiar".
Por otra parte, el Tribunal Supremo devolvió ayer a Julio Anguita las 540.000 pesetas con las que pagó los 18 meses de multa impuestos a Gómez de Liaño en la sentencia. El Supremo explica la devolución del dinero atendiendo "al carácter personal de las penas criminales, que no pueden ser asumidas por terceros". Ahora deberá ser Gómez de Liaño quien abone personalmente la multa.
Por su parte, la acusación ejercida por Sogecable ha presentado un escrito en el Tribunal Supremo en el que tasa en 1.049.000 pesetas las costas procesales de esta parte, para que esta cantidad sea abonada por Gómez de Liaño, en ejecución de la sentencia.
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