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Condenado por mendigar sin licencia

Los jueces de Girona han multado dos veces a un indigente que se niega a dejar de pedir por las calles

Dos jueces de Girona han multado a Celio Pérez, un mendigo de 38 años, por negarse en redondo a abandonar su actividad en la vía pública. La primera sentencia, de hace unas semanas, le impuso una sanción de 6.000 pesetas por desobediencia grave a la autoridad, puesto que hizo caso omiso de los agentes locales que le conminaron a dejar la mendicidad. Otra condena reciente le ha supuesto otra multa de 4.000 pesetas y le obliga al pago de las costas judiciales. Sebastià Salellas, abogado de Pérez, asegura que recurirá las sentencias.Ambas sentencias se basan en el artículo 61 de la ordenanza de Girona, según el cual todas las actividades de la vía pública precisan de una licencia municipal. Los magistrados consideran como hecho probado que "pedir limosna es una actividad prohibida", y advierten de que no entran a dilucidar "la oportunidad o legalidad de la ordenanza", porque "es competencia de otra jurisdicción". En la reglamentación ciudadana no se hace mención explícita a la mendicidad.

La intervención judicial no ha evitado que Celio Pérez, que reconoció su actividad ante el tribunal, continuara ayer, como cada día, reclamando "unas monedas para poder comer" a los viandantes. La policía mantiene que el de Pérez no es un caso corriente, puesto que mendiga de forma "consciente, contumaz y provocativa".

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