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EL "CASO PINOCHET"

Los informes técnicos de Exteriores consideran inadecuada la vía del arbitraje para Pinochet

La posibilidad de que el Gobierno español acceda a llegar con el Ejecutivo chileno a "un arbitraje amistoso" sobre el ex dictador Augusto Pinochet se diluye a la vista de los informes técnicos, diplomáticos y jurídicos elaborados por expertos del Ministerio de Asuntos Exteriores, que consideran tal medida "prematura". Los técnicos recomiendan que se intente agotar todas las vías diplomáticas y apuntan como "más favorable" una solución de la Corte Internacional de Justicia antes que un arbitraje. Así se refleja en los informes enviados por España a Chile y que obran en poder del PSOE y CiU.

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El Ejecutivo ha remitido a los grupos parlamentarios del PSOE y CiU cinco documentos enviados a Chile, cuatro de los cuales son notas internas del Ministerio de Asuntos Exteriores y el otro, un informe del fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Eduardo Fungairiño, fechado el 19 e octubre de 1998, oponiéndose a la extradición de Pinochet. Estos documentos son los que reclama a Exteriores el juez Baltasar Garzón, pero el magistrado no los tendrá antes de que la Audiencia Nacional resuelva un recurso de la fiscalía, que se opone a su entrega al juez, y sólo si el tribunal decide a favor del instructor.Uno de los documentos que Exteriores entregó a las autoridades chilenas es un informe interno realizado por el embajador Juan Antonio Yáñez-Barnuevo el pasado 3 de junio, en el que se rechaza la aplicación del Tratado de Arbitraje firmado en 1927 por España y Chile por tratarse de un "instrumento preconstitucional" que data de la Dictadura de Primo de Rivera y va firmado por éste. El documento se muestra más favorable a que Chile plantee la controversia ante la Corte Internacional de Justicia. El informe responde a las "señales, todavía oscilantes y confusas", del Gobierno de Chile, "de pretender someter a arbitraje o a arreglo judicial lo que considera que es una controversia entre Chile y España" en torno al caso Pinochet, y a la "impresión" de que el Ejecutivo chileno "se inclina más bien por echar mano del viejo Tratado de Arbitraje de 1927".

Según el informe, aunque el Tratado está en vigor, del mismo no se puede deducir que el Gobierno pudiera por sí mismo concluir con Chile "un compromiso especial de arbitraje que afectase al ejercicio de funciones jurisdiccionales por los tribunales españoles".

Anuencia de los partidos

Antes de cualquier compromiso de arbitraje, el Gobierno debería contar "con la anuencia o al menos la falta de hostilidad de los principales grupos parlamentarios". Sin embargo, un acuerdo entre el Ejecutivo y el Legislativo no impediría que el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón plantease una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional. En tal caso, reconoce el embajador, se suscitaría "un delicado problema institucional, con indudables repercusiones de opinión pública, aunque éstas pudiesen estar amortiguadas en alguna medida por el previo acuerdo político".La única ventaja que apunta el informe ante dicha situación es que las autoridades españolas "podrían demostrar palpablemente a las chilenas que no había mala voluntad en el Gobierno y el Parlamento, pero que escapa totalmente a su control la actividad independiente de jueces y tribunales". En definitiva, la vía del Tratado "no resulta muy practicable para buscar una solución a la controversia que nos ocupa, y en todo caso no sería la vía más conveniente y favorable para los intereses jurídicos españoles ".

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El informe de Exteriores apunta a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) como la alternativa "relativamente más favorable", tal como al principio "había apuntado el canciller José Miguel Insulza".

En primer lugar, "no se trataría de un acuerdo bilateral" sino que lo que habría sería una demanda presentada por Chile ante la CIJ sobre la base de lo dispuesto en el artículo 30 de la Convención contra la Tortura, que prevé que cualquier Estado pueda someter unilateralmente a la CIJ una disputa con otro Estado.

"Esta situación no tendría por qué ser necesariamente conflictiva, si hubiese sido precedida de las oportunas consultas entre ambos Gobiernos", añade el informe. España "se limitaría a designar un juez ad hoc, contestar a la demanda y participar en el procedimiento". Así, "nadie podría objetar a esa actuación, perfectamente normal y legítima de un Estado en la defensa de sus intereses jurídicos en el plano judicial internacional".

Confusión chilena

"Hasta ahora -subraya el do-cumento-, las comunicaciones escritas y las declaraciones públicas de los representantes políticos, diplomáticos y expertos jurídicos chilenos denotan confusión y falta de claridad en cuanto al camino a seguir, tal vez porque tampoco tienen muy claro qué es lo que realmente pretenden"."Por nuestra parte, se les viene mostrando comprensión, pero se les habría de continuar invitando a que aclaren más sus enfoques y sus propósitos".

"En cualquier caso", concluye el informe, la parte española habrá de dejar claro a la chilena el limitadísimo margen de actuación con que cuenta el poder ejecutivo, e incluso el legislativo, en relación con el judicial, lo que alcanza también "a la dificultad de ejecución en España de cualquier sentencia o laudo arbitral internacional que afectase a actuaciones en curso de jueces o tribunales en el ejercicio de funciones jurisdiccionales".

Otro de los informes coincide en que "el recurso al arbitraje constituye un medio de solución judicial, posterior a las negociaciones diplomáticas que hayan intentado resolver la controversia o compensar al otro Estado por medios políticos".

"En el caso del senador Pinochet parece que la República de Chile recurre, en principio, al ejercicio prematuro de la protección diplomática, por lo que habría que exigir el agotamiento de los recursos internos", señala otra conclusión.

Esta nota indica que en caso de que existan dudas, el Gobierno podría acudir al Consejo de Estado "por ser el supremo órgano consultivo" y "someterle dichas cuestiones".

Otro de los documentos internos de Exteriores asegura que "no cabe" que el Gobierno solicite un dictamen al Tribunal Constitucional ni tampoco del Tribunal Supremo, ya que el primero sólo interviene respecto de los tratados en los que no hubiese prestado consentimiento el Estado y el segundo no tiene competencias.

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