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Condena de diez años para el hombre que intentó matar a su esposa

Alejandro Miguel Alonso, de 30 años, ha sido condenado por la Audiencia Provincial a 10 años y medio de prisión por lesionar, amenazar e intentar matar a su esposa, Ana Belén Barroso. El acusado, que asestó una cuchillada a la víctima en el tórax en septiembre de 1998 en un ambulatorio de San Blas, deberá pagar a la mujer casi cuatro millones de pesetas de indemnización, según Alicia Peláez, abogada de la acusación particular. Además ha sido privado de la patria potestad de sus dos hijos.

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"Me da miedo cuando salga de la prisión"

La Sección Decimosexta de la Audiencia de Madrid imputa a Alejandro Miguel un delito de homicidio en grado de tentativa, de una falta de lesiones y de tres delitos de amenazas. Por estas infracciones penales será privado de la patria potestad de sus dos hijos, de siete y cuatro años, durante el tiempo que dure la condena. Al salir de la prisión no podrá acercarse al domicilio de Ana Belén Barroso durante cinco años. Alejandro deberá pagar una indemnización de 3,8 millones de pesetas a su esposa por las lesiones y daños psíquicos sufridos. También ha sido condenado a abonar 239.886 pesetas al Insalud por los dos meses que permaneció ingresada Ana Belén Barroso en el hospital Ramón y Cajal.

La sentencia, según Efe, considera probado que Alejandro, el día 22 de septiembre de 1998, asestó una cuchillada a su esposa en un centro de salud de San Blas. A continuación lanzó varias cuchilladas contra la mujer que no le alcanzaron; Ana Belén se defendió de la agresión con un aerosol.

Homicidio

La resolución califica este hecho como un delito de homicidio en grado de tentativa no sólo por la naturaleza del arma empleada, sino también por la zona del cuerpo atacada (el tórax), la reiteración de las cuchilladas que le lanza tras herirla y la exteriorización que de su propósito homicida hace continuamente Alejandro tanto antes como después de cometer tal acción homicida, según explicó Alicia Peláez. Tras la agresión, el acusado profirió, entre otras, las siguientes expresiones: "La próxima vez no iba a ser tentativa; la próxima, me la cargo", o "me da igual que me detengáis; en cuanto esté en la calle, vuelvo y la mato".

Además, el fallo incluye en los hechos probados que Alejandro propinó varios golpes a Ana Belén el 17 de agosto de 1998, después de discutir con ella por llevar a los hijos durante el fin de semana fuera de Madrid. Días después acudió al colegio de los niños y advirtió a su mujer: "Te voy a matar, y hasta que no lo consiga, no paro".

Para el tribunal resulta evidente que Ana Belén no ha tenido conducta alguna que pueda estimarse incitadora. El fallo sí considera violento, amenazante y homicida a Alejandro, cuya conducta es producto de una iracundia, irritabilidad y violencia que, aun separado de su mujer legalmente, pretende no sólo imponerle comportamientos, sino incidir en su vida con ausencia total de respeto y con menosprecio a su integridad física.Añade la resolución que estas conductas, absolutamente rechazables, son expresión y reflejo de una violencia y agresividad que hay que erradicar, y que, por supuesto, no pueden ser objeto de atenuación, sino de castigo adecuado a la gravedad de aquéllas.

El tribunal entiende que no concurre en el acusado ninguna circunstancia que modifique su responsabilidad criminal y aclara que los rasgos de personalidad antisocial apreciados por los psiquiatras no inciden en la comprensión de sus actos.

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