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El Gobierno aprueba hoy la reforma que limitará los recursos autonómicos ante el Constitucional

Luis R. Aizpeolea

El Consejo de Ministros aprueba hoy un anteproyecto por el que se reformará la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional para frenar la avalancha de recursos en materia autonómica que soporta el Alto Tribunal. El número de recursos del Estado contra las comunidades, y de éstas contra la Administración central, que han llegado al Tribunal Constitucional desde la descentralización de los primeros ochenta, es de 996. Actualmente, los casos pendientes de sentencia suben a 181. Alemania, en sus primeros 27 años de funcionamiento como Estado descentralizado sólo tuvo 43.

El número de recursos en materia autonómica acumulados y pendientes de sentencia por el Tribunal Constitucional comenzó a reducirse drásticamente a partir de 1991 y hasta 1996, pasando de 415 a 176. Pero la acumulación de recursos volvió a subir en 1996, tras la ruptura del consenso entre el Gobierno de José María Aznar y el PSOE sobre el nuevo modelo de financiación autonómica, que cedía el 30% del IRPF a las comunidades con capacidad normativa. De una sola tacada, la Juntas de Andalucía, la de Extremadura y la de Castilla La Mancha -todas ellas gobernadas por el PSOE- plantearon 45 recursos entre finales de 1996 y comienzos de 1997. En consecuencia, el progresivo descenso de asuntos acumulados en el Tribunal Constitucional cambió de signo y pasó de los 176 de 1995 a los 186 de 1996, para subir hasta 190 en 1997. En estos momentos son 181.

Pero el problema de la conflictividad autonómica puede agravarse más aún ante el masivo aumento de competencias que van a asumir las 13 comunidades autónomas de vía lenta, que van a obtener el traspaso de la sanidad, los servicios sociales y la educación, tras la reforma de sus estatutos de autonomía.

La modificación que hoy aprueba el Consejo de Ministros en la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, de octubre de 1979, trata precisamente de prevenir esta situación y evitar nuevas acumulaciones de recursos ante el Alto Tribunal, presidido por el magistrado Pedro Cruz Villalón. Para ello, se potenciarán los organismos conciliadores -las comisiones bilaterales del Estado y las comunidades autónomas- y se ampliará el actual plazo de tres meses para presentar los recursos a nueve.

Tanto la representación del Estado como la de las comunidades tendrán que notificar al Tribunal Constitucional la apertura de la negociación en la comisión bilateral, al objeto de que éste autorice la ampliación del plazo del recurso, según el texto de la reforma que hoy aprueba el Consejo de Ministros. El texto de la reforma señala que esta fórmula disminuirá la "excesiva acumulación de trabajo" del Alto Tribunal. Según las previsiones del Ejecutivo, esta medida afectará al 90% de los recursos que se plantean ante el Constitucional.

La ampliación del plazo para la presentación de recursos ante el Tribunal Constitucional permitirá que tanto comunidades autónomas como el propio Estado renuncien a hacerlo si se logra algún fruto con la negociación previa, según informó ayer el ministro de Administraciones Públicas, Ángel Acebes. "En muchas ocasiones, las comunidades autónomas o el Estado han presentado recursos con carácter preventivo por el escaso plazo que había para negociar", señaló el ministro.

El último ejemplo sucedió hace tan sólo quince días, el pasado 25 de junio, cuando el Consejo de Ministros recurrió ante el Tribunal Constitucional la decisión del Gobierno de Navarra sobre los incentivos fiscales que acompañaron a la ley foral sobre las 35 horas. El ministro de Administraciones Públicas manifestó ayer que, de haber habido un plazo para recurrir como el que hoy decide el Consejo de Ministros, el Ejecutivo no habría planteado un recurso de prevención ante el Tribunal Constitucional.

El ejemplo de Navarra

El Gobierno señala que en Navarra, la única comunidad en que han funcionado las comisiones bilaterales de conciliación, en virtud del estatuto de la comunidad que creó una Junta de Cooperación, la mitad de los asuntos sobre los que había discrepancias entre el Estado y la comunidad autónoma no llegaron a plantearse ante el Tribunal Constitucional. Según recoge un informe del Ministerio de Administraciones Públicas, los 181 conflictos autonómicos pendientes de sentencia del Tribunal Constitucional se reparten por ministerios de la siguiente forma: Economía y Hacienda (73); Administraciones Públicas (18); Medio Ambiente (17); Fomento (14); Industria y Energia (12); Justicia (11); Agricultura (11); Educación y Cultura (7); Interior (7); Trabajo y Asuntos Sociales (6); Sanidad (4); Exteriores (1).

Las comunidades autónomas han recurrido contra el Estado en 633 ocasiones. Y el Estado contra las comunidades en 363. Las comunidades autónomas que más recursos han tenido que soportar del Estado ante el Tribunal Constitucional son, de más a menos: Cataluña (41); País Vasco (26); Galicia y Canarias (13); Comunidad Valenciana (10); Andalucía, Aragón, Navarra y Baleares (9).

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