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La nueva ley local facilita la moción de censura

Luis R. Aizpeolea

El nuevo alcalde-presidente de Melilla podría ser destituido con facilidad si sus opositores consiguen reunir una mayoría absoluta, según la Ley del Pacto Local aprobada el pasado marzo en el Parlamento. Dicha ley, que modificó la del Régimen Electoral General de 1985, regula la moción de censura en los municipios de una manera más flexible que en la legislación anterior. Precisamente, fueron los acontecimientos ocurridos en Melilla a comienzos de 1998 los que animaron a flexibilizar la moción de censura. Un tránsfuga consiguió la caída del alcalde melillense del PP, Ignacio Velázquez, pero las trabas legislativas impidieron la celebración de la moción de censura al oponerse el nuevo regidor a convocar el pleno municipal.

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Sin embargo, con la vigente ley de marzo de 1999, basta con que un concejal, con el apoyo de la mayoría del consistorio, presente una moción de censura para que quede convocado el pleno municipal de manera automática y en el plazo de diez días desde que se registre la convocatoria. El Estatuto de autonomía de la ciudad de Melilla se acoge a la normativa general.

La nueva ley la negoció en 1998 el entonces ministro de Administraciones Públicas, Mariano Rajoy, con todos los partidos políticos, así como con la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP). Su pretensión era, precisamente, aumentar la democracia municipal y dotar a los ayuntamientos de mayor estabilidad. Junto a la moción de censura introduce, por vez primera en los municipios, la posibilidad de plantear la cuestión de confianza.

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