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Un diputado del PP dimite tras ser condenado por el Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo condenó ayer al diputado del Partido Popular por Toledo José Bermúdez Alonso a dos años de inhabilitación para el ejercicio de la profesión de abogado por su negligente actuación profesional en la tramitación de una indemnización para la familia de un fallecido en accidente de tráfico. Bermúdez anunció que recurrirá en amparo al Tribunal Constitucional, pero presentó ayer mismo la renuncia a su escaño del Congreso, pese a que el PP, según dijo, le dejó "absoluta libertad para decidir".

El Supremo atribuyó a Bermúdez un delito de deslealtad profesional por el que también le impone una multa de 270.000 pesetas y le condena a indemnizar a sus antiguos clientes con un total de 7.250.000 pesetas. El abogado y diputado del PP por Toledo se mostró "sorprendido" por la sentencia, pero convocó una conferencia de prensa en su despacho en la que anunció su dimisión como diputado nacional del PP, "para asumir unas responsabilidades superiores a las que marca la sentencia" y "dar ejemplo". Aseguró que no ha recibido "la más mínima presión" del partido: "Simplemente, se lo he comunicado a Luis de Grandes [portavoz del PP en el Congreso], que en estos momentos es el único que lo sabe, y me ha dicho que la decisión que tome la apoyará". Sin embargo, según fuentes del PP citadas por Europa Press, el diputado "tomó la decisión de renunciar" tras conversar por la mañana con De Grandes, quien previamente había hablado con el secretario general, Javier Arenas.Bermúdez se ofreció a asesorar a la viuda y los cuatro hijos de Andrés Moreno, muerto en atropello en Talavera de la Reina en diciembre de 1989, a quienes conocía por vivir en el mismo pueblo. Pese a haberles dicho que podría conseguirse una indemnización de unos siete u ocho millones de pesetas, no prestó atención alguna al asunto hasta que el juzgado archivó las diligencias. El acusado no pidió al juzgado que dictase el auto que hubiera determinado el pago de hasta ocho millones de indemnización correspondiente al seguro obligatorio, sino que promovió un juicio de reclamación de cantidad contra la aseguradora que se acabó sobreseyendo, por ser un procedimiento inadecuado.

"Pese a este fracaso determinado en parte por el error del acusado", prosigue la sentencia, Bermúdez continuó sin solicitar del juzgado el auto ejecutivo. En cambio, tras advertir a la familia de que sería un éxito si se conseguía una indemnización de uno o dos millones de pesetas, entró en negociaciones con el abogado de la compañía aseguradora, la Mutua Madrileña en Toledo y pactó una indemnización de dos millones. De esa cantidad, Bermúdez descontó unilateralmente 750.000 pesetas en concepto de honorarios, y el resto del dinero lo guardó en un sobre, en su despacho. Después remitió una carta a la familia Moreno para que pasasen a recoger el dinero, pero no consta que dicha carta llegase a sus destinatarios. En diciembre de 1994 la familia contrató a otro abogado que descubrió lo sucedido y denunció a Bermúdez. En 1988, la Audiencia de Toledo condenó a la Mutua a pagar otros seis millones a la familia Moreno.

La sentencia del Supremo, de la que ha sido ponente el presidente de la Sala de lo Criminal, José Jiménez Villarejo, considera evidente el perjuicio: "Aún hoy, cuando nos acercamos al décimo aniversario del accidente, su viuda e hijos no han percibido todavía la totalidad de la indemnización a que tienen derecho". "El perjuicio no ha consistido únicamente en el intolerable retraso", prosigue la sentencia, "sino en la comprensible angustia, inseguridad, desconfianza y desánimo con que han percibido durante largos años, desde la presumible modestia de sus posibilidades económicas y su escaso conocimiento del mundo jurídico, cómo el tiempo pasaba y sus legítimas expectativas se demoraban una vez más".

Para el Supremo, el acusado pudo prever que "su desatención y desaciertos" podrían originar una grave demora en los derechos de sus clientes y tuvo que ser consciente de que les estaba perjudicando "durante el año largo que tuvo en su despacho una cantidad que les pertenecía". Sin embargo, le absuelve del delito de apropiación indebida del que acusaban sus ex clientes al no considerar verosímil que quisiera apropiarse del dinero.

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