Navarra regula que la deuda tributaria se pueda pagar con bienes de valor cultural
El Gobierno de Navarra aprobó ayer la regulación del procedimiento para que el pago de ciertas deudas tributarias pueda ser realizado mediante la entrega de bienes declarados de interés cultural o integrantes del patrimonio histórico español. Concretamente, la deuda tributaria de los impuestos sobre Sucesiones, Patrimonio, IRPF y Sociedades podrá realizarse entregando bienes de interés cultural, bienes inscritos en el registro general de Bienes de Interés Cultural o bienes incluidos en los inventarios oficiales de interés histórico, artístico y cultural. Esta posibilidad de saldar cuentas con Hacienda con unos bienes determinados, que ya existía en el resto de España, estaba legislada en Navarra, pero carecía de su correspondiente desarrollo reglamentario. Le correponde al consejero de Economía y Hacienda el actuar como órgano competente para aceptar o rechazar el pago de una deuda tributaria mediante este procedimiento ahora reglamentado en la comunidad foral. Una vez recibida la solicitud, el Servicio de Recaudación solicitará a la Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana un informe en el que se exprese de forma motivada el interés que pudiera existir para Navarra de adquirir los bienes ofertados. Si el informe que resulta es positivo, se adjuntará al mismo la valoración de los bienes culturales o de patrimonio histórico, que serán puestos a disposición de la Administración en el plazo fijado para ello. La entrega de los bienes surtirá efectos similares al pago dinerario de los débitos que resulten cubiertos por su valor de tasación.
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