El fiscal acusará a los conductores con más de un gramo de alcohol
Mano dura contra los conductores que hayan bebido más de la cuenta. Eso es lo que anunció ayer el fiscal jefe de Cataluña, José María Mena, quien ha dado una instrucción a sus fiscales para que actúen penalmente contra las personas que superen la tasa de alcoholemia de un gramo por litro de sangre. La medida coincide con la rebaja de la norma administrativa, que entró en vigor el jueves y que rebaja la tasa de 0,8 a 0,5 gramos. Superar ese límite comporta 100.000 pesetas de multa y retirada del carnet.
La conducción "bajo la influencia" del alcohol o de drogas tóxicas se considera un delito y está castigado en el Código Penal con penas de arresto de 8 a 12 fines de semana o multa de distinta cuantía y, en todos los casos, privación del permiso de conducir entre uno y cuatro años. La norma general hasta ahora es que, si no se trataba de un accidente grave, el fiscal no presentase acusación contra el conductor que había sido detenido por la Guardia Urbana o la Guardia Civil y no superaba la tasa de 1,5 gramos de alcohol. Esa pauta de actuación de la fiscalía de Cataluña se concretó a partir de las sentencias que se empezaron a dictar en 1992, cuando se pusieron en marcha los juicios rápidos para casos de alcoholemia y otros delitos menores. Mena aseguró ayer que el 96% de los juicios rápidos que se celebran en Barcelona por alcoholemia acaban en condena. Si se superaba la tasa de 0,8 gramos de alcohol pero no se sobrepasaba la de 1,5, lo habitual es que todo quedase en una sanción administrativa y no hubiera proceso penal. Norma administrativa Ahora lo que ha ocurrido es que se ha modificado el Reglamento de Circulación y se ha reducido de 0,8 a 0,5 la tasa para imponer sanción administrativa, pero el Código Penal se ha mantenido igual. De ahí la instrucción de José María Mena a sus fiscales para que actúen a partir de la tasa de un gramo de alcohol en la sangre y no exista un desequilibrio entre la norma administrativa y la penal. El fiscal jefe recuerda que el Reglamento de Circulación es más severo con los conductores jóvenes o camioneros, contra los que se rebaja la tasa para actuar por la vía administrativa a partir de 0,3 gramos. Sin embargo, explica Mena, "ese nivel de exigencia" no se refleja tampoco en el Código Penal y el fiscal utilizará con ellos el mismo criterio a efectos penales. La instrucción de Mena ha sido comunicada, a efectos de cortesía, al fiscal general del Estado, como ocurre con otras iniciativas que sólo se aplican en esta comunidad autónoma. El fiscal jefe explicó que ha dado esa instrucción porque "no se puede bajar la guardia" y considera que se trata de una "exigencia social".
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