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El alcalde de Bermeo y presidente de EA en Vizcaya será juzgado en plena campaña por negarse a alistar reclutas

El País

El alcalde de Bermeo y presidente de Eusko Alkartasuna en Vizcaya, Juan Carlos Goienetxea, se enfrentará el próximo 8 de junio a seis peticiones fiscales que suman doce años de inhabilitación y una multa de once millones de pesetas. Goienetxea tiene fijado para ese día el juicio por seis causas abiertas contra él por negarse a realizar las gestiones que se exigen a los ayuntamientos en relación con el alistamiento de reclutas para la realización del servicio militar. Su defensor, José Luis Soldevilla, criticó ayer que Goienetxea se haya convertido en "el único alcalde de todo el País Vasco al que se están abriendo causas todos los años". Soldevilla ve intencionalidad política en las actuaciones contra el dirigente de EA y alcalde de Bermeo, según dijo a Europa Press, y las atribuye a la proclividad de su defendido a alcanzar acuerdos con EH. Los hechos por los que Goienetxea será juzgado cinco días antes de las elecciones municipales se remontan a 1990. El 31 de mayo de ese año el Ayuntamiento de Bermeo acordó suprimir la sección municipal de Quintas e inhibirse de la realización de cualquier tipo de gestión relacionada con el alistamiento de reclutas. El consistorio tampoco da curso desde entonces a ninguna notificación de origen militar. La práctica de Juan Carlos Goienetxea, en cumplimiento de aquel acuerdo municipal, ha consistido en devolver al centro provincial de reclutamiento de Vizcaya todos y cada uno de los listados de reclutas de Bermeo que le han ido siendo remitidos. También se ha negado durante estos nueve años a enviar al citado centro las listas de jóvenes de la localidad para el alistamiento que se le han solicitado. En todas sus comunicaciones para devolver la correspondencia sin tramitación alguna el alcalde afirma actuar " de conformidad" con el acuerdo municipal de 1990. Ese acuerdo se apoyó en sentencias del Tribunal Constitucional para señalar que la Ley reguladora de la objeción de conciencia y la prestación sustitutoria viola el derecho a la igualdad, discrimina al objetor y conculca el derecho a la libertad ideológica de los ciudadanos. Por ello,el acuerdo municipal incluyó la petición al Gobierno de la derogación de dicha Ley.

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