Los magistrados recusados por Liaño dicen que su contaminación sólo existe "en su imaginación"
Gregorio García Ancos, Enrique Bacigalupo y José Manuel Martínez-Pereda, los tres magistrados del Tribunal Supremo encargados de juzgar al juez Javier Gómez de Liaño y que fueron recusados por éste, rechazaron ayer que hayan perdido la imparcialidad y señalaron que la contaminación que Liaño les imputa "no existe sino en la imaginación del recusante". En un informe separado, Bacigalupo rechazó que tenga interés directo o indirecto en la causa, como le achaca Liaño, y señaló que nunca en la vida ha visto a Jesús de Polanco o Juan Luis Cebrián.
Los tres magistrados presentaron ayer un escrito ante el instructor del incidente de recusación, el también magistrado del alto tribunal Luis Román Puerta, en el que niegan que se hayan formado convicciones previas al haber confirmado el procesamiento de Gómez de Liaño por tres delitos de prevaricación judicial y haber denegado el sobreseimiento libre que el propio Liaño pretendía.El juez de la Audiencia Nacional procesado les imputa haber perdido su imparcialidad objetiva al haber realizado actos que él considera como parte de la instrucción y que por ello, al tener prejuicios, deben ser otros los magistrados que le juzguen.
Los tres integrantes del tribunal se declaran imparciales e independientes y puntualizan que carecen de "prejuicios o parcialidades".
Gómez de Liaño, que se encuentra suspendido en su función de juez tras haber sido procesado por tres delitos de prevaricación durante su actuación como instructor de las actuaciones contra Sogecable, ya había sugerido hace un par de meses que los magistrados debían abstenerse, pero los integrantes del tribunal le contestaron que no había razón para la abstención y que si lo deseaba formulase la recusación, como así hizo dos meses después.
Liaño ha intentado evitar ser juzgado y, tras recusar a todo el tribunal que le tiene que enjuiciar, planteó un incidente de previo pronunciamiento en el que alega que el caso es "cosa juzgada".
En el informe, los tres magistrados de la Sala Segunda del Supremo señalan que es "totalmente incierto e inexacto que se analicen con detalle en tales resoluciones, como dice el escrito de recusación, sino tan sólo en la apariencia, en la pura perspectiva indiciaria".
Respecto de la admisión a trámite de la querella contra Liaño, señalan que ésta fue un juicio de probabilidad y no constituyó acto alguno de instrucción o investigación. Agregan que la ratificación del auto de procesamiento no contiene prejuicios sobre el fondo de la cuestión, y menos aún sobre si el procesado es inocente o culpable.
Sin interés en la causa
El magistrado Enrique Bacigalupo rechazó en un informe separado las acusaciones formuladas por Liaño de tener interés en la causa por ser amigo del abogado de la acusación, Antonio González Cuéllar.Este magistrado destaca en su informe que la amistad íntima con el abogado de alguna de las partes en el proceso no es una causa de recusación según establece la Ley Orgánica del Poder Judicial y niega que el abogado González Cuéllar sea profesor titular de Derecho Penal en la Universidad Autónoma de Madrid (UAM), en la que trabaja su hija Silvina Bacigalupo. "No existe tal cargo, ni el señor González Cuéllar es el responsable de esa disciplina en la UAM. Tampoco lo ha sido nunca", precisa Bacigalupo.
El magistrado puntualiza que su supuesta amistad con González Cuéllar no le ha impedido actuar imparcialmente en asuntos en los que éste ha intervenido, como lo demuestra el hecho de que el abogado fuera el defensor del alcalde de Laredo, del PSOE, y que una sala del Supremo de la que el magistrado formó parte le condenase por prevaricación cuando el Tribunal Superior de Cantabria le había absuelto.
Sobre el posible interés en el caso Sogecable, Bacigalupo señala que no ha visto en su vida a Jesús de Polanco, presidente del Grupo PRISA, y Juan Luis Cebrián, consejero delegado, y que "es falso que haya dado opiniones favorables a nadie en el caso Sogecable" o que tenga interés en la persecución de Gómez de Liaño.
El instructor ha dado traslado al fiscal y a las partes para que informen antes de que una Sala especial del Supremo resuelva el incidente.
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