El registro
ES DE suponer que la juez de la Audiencia Nacional que ordenó el registro de la sede de HB en San Sebastián dispondrá de indicios de criminalidad que justifiquen la adopción de una medida tan extrema. Lo es registrar la sede de un partido político e incautarse de ordenadores y documentación interna. La pertenencia a un partido no puede servir de coraza contra la investigación judicial de delitos, pero el carácter reservado de la documentación partidista -estrategias políticas, planes electorales- aconseja no recurrir a registros de este tipo sino en casos límite y sobre la base de indicios muy claros de delito. La valoración sobre la decisión de la juez habrá de condicionarse, en todo caso, a sus resultados.La investigación judicial trata de probar la existencia de relaciones orgánicas entre HB y ETA. Esa relación no ha sido nunca un secreto: ambas siglas han estado asociadas durante años en la llamada Koordinadora Abertzale Sozialista (KAS), según recogen numerosas actas de sus reuniones capturadas en manos de activistas. Que un grupo de militantes asegurase el pasado 17 de diciembre que tal coordinadora se había disuelto en 1994 no es una prueba concluyente, porque con posterioridad a esa fecha ha habido pronunciamientos públicos firmados con esas siglas y documentos internos en que se habla de su actividad.
Durante años, esa proximidad con ETA ha sido interiorizada por el mundo de HB como una garantía de impunidad, y lo que en manera alguna se habría tolerado a otros se les ha consentido a ellos. Mucho de lo que está pasando en Euskadi ahora mismo es todavía un efecto residual de esa situación. En ese sentido, que la justicia actúe como lo haría en relación a cualquier otro partido es una de las condiciones para esa normalización política de que hablan los nacionalistas vascos. No puede haber bula para nadie. Si hay indicios consistentes de delito, la justicia puede ordenar registros. Pero una cosa es incautar un fusil o material explosivo y otra ordenadores o documentos.
Sólo a la vista de los resultados del registro podrá, por tanto, juzgarse el acierto de la medida. Si aparecen pruebas sólidas de la utilización de la legalidad para encubrir prácticas delictivas, estará justificada. Y no lo estará si tales pruebas no aparecen. Pero en ningún caso podrá aceptarse el paralelismo pretendido por Otegi al comparar la intervención judicial, con todas las garantías, testigos de HB incluidos, con los asaltos fascistas a las sedes de los partidos democráticos por parte de encapuchados a quienes alguien ha convencido de su derecho a hacerlo impunemente.
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