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Un juez malagueño condena al SAS por comportamiento inconstitucional

El Servicio Andaluz de Salud (SAS) ha sido condenado por "comportamiento inconstitucional" por trasladar a un médico que llevaba 15 años en el mismo puesto, apenas unas semanas después de que impugnara la adjudicación de una plaza. El Juzgado de lo Social número 4 entiende que el cambio -decidido por la dirección del complejo hospitalario Carlos Haya de Málaga- supuso una vulneración del derecho constitucional a la tutela judicial efectiva del facultativo.

El fallo es contundente: "Una actuación empresarial motivada por el hecho de haber ejercitado una acción judicial tendente al reconocimiento de unos derechos de los que el trabajador se cree asistido, debe ser calificada como discriminatoria y nula por contraria a este mismo derecho fundamental". Manuel Rodríguez era jefe de la sección de Tratamiento del Dolor -ubicada en el hospital Civil y perteneciente al complejo hospitalario Carlos Haya- desde enero de 1982. A principios de 1997 salió una convocatoria para cubrir el puesto de jefe del Servicio de Anestesiología. Se presentaron él y otro facultativo al que finalmente se le adjudicó la jefatura. Rodríguez interpuso un recurso contencioso administrativo, que fue admitido a trámite en septiembre de 1998. Tres semanas después, la dirección del Carlos Haya ordenó su traslado a un programa de anestesia en el parto. El fallo argumenta que no hubo "justificación organizativa alguna" para el cambio. Es más, remarca la "coincidencia temporal" entre la admisión a trámite del recurso y su salida de la sección de Tratamiento del Dolor. Para el juzgado, la decisión del hospital "estuvo revestida de ciertos visos de anormalidad, por no decir de razones no explícitas". En la sentencia se apunta que la tutela judicial efectiva (derecho a defenderse judicialmente) no se satisface sólo mediante la actuación de los jueces, sino a través de la "garantía de indemnidad". O lo que es lo mismo, que del ejercicio de la acción judicial no pueden derivarse para el trabajador consecuencias perjudiciales: "La citada garantía se traduce en la imposibilidad de adoptar medidas de represalias derivadas del ejercicio por parte de trabajador de su derecho a pedir la tutela de los jueces". El juzgado ordena la reposición del facultativo en su anterior puesto y condena a Sigifredo Rodríguez, el médico al que el hospital le adjudicó la jefatura disputada por ambos. El fallo desestima la pretensión del demandante de que se le concediera una indemnización. Al margen del respaldo judicial que supone la sentencia, en los últimos meses Manuel Rodríguez fue apoyado por sus pacientes, que llegaron incluso a protagonizar concentraciones en su apoyo. Fuentes del SAS recordaron que la sentencia no era firme y que ha sido recurrida. Otra batalla judicial, en cambio, ha sido ganada por el SAS. Un juzgado ha desestimado la demanda presentada por cuatro médicos, que se quedaron en la calle tras casi 10 años de trabajo porque sus plazas fueron amortizadas. El fallo -el segundo en el que se absuelve a la administración sanitaria- argumenta que no hubo despido, sino "justa causa resolutoria" de la relación laboral.

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