"Una gestión desastrosa"
El pasado mes de noviembre, la Federación de Asociaciones de Vecinos de Valencia organizó las Jornadas sobre Salud, Calidad de Vida y Contaminación Acústica. En ellas, el magistrado del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, Edilberto Narbón, expuso un crudo análisis del control de la administración en materia acústica. La realización de informes técnicos por los ayuntamientos, "se limita al relleno de un impreso sobre el local, en ningún momento se analiza la incidencia sobre los vecindarios", se hacen sobre el proyecto e "incluso algún ayuntamiento grande ha dicho al Tribunal que es una mera formalidad", aseguró Narbón. Muchos ayuntamientos han asumido la competencia en materia de Actividades. Según el magistrado, éstos "no cuentan ni con medios técnicos ni personales, resultando una gestión desastrosa" de la que "los perjudicados son los ciudadanos que ante denuncias de ruidos no se les hace caso" porque la Policía Local o los funcionarios no cuentan con los intrumentos de medición adecuados. Infringir el horario de cierre es una sanción leve sancionable con multa de hasta 100.000 pesetas. Narbón opina que "debe resultar rentable infringirlo porque hay discotecas y pubs que lo hacen todas las semanas". Extremo comprobado en algunos juicios hasta el punto de que en alguna sentencia se le ha tenido que recordar a la Generalitat que la ley dice que "el establecimiento de sanciones pecuniarias deberá prever que la comisión de las infracciones tipificadas no resulte más beneficioso para el infractor que el cumplimiento de las normas infringidas".
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