La juez exime de indemnizar por el incendio de la empresa Borges
Un juzgado de Lleida ha eximido al Consorcio de Compensación de Seguros de la obligación de indemnizar con la cantidad de 2.000 millones de pesetas a la empresa de aceite y del sector alimentario Borges por el incendio que en marzo de 1996, en plena crisis del sector de la avellana, destruyó la planta de Reus. La empresa Borges y las compañías aseguradoras de la instalación siniestrada, Zúrich y Wintertur, presentaron el pasado mes de junio una demanda contra el Consorcio de Compensación al considerar que el incendio fue intencionado. Grupo terrorista La acción fue reivindicada posteriormente mediante una llamada telefónica por una persona que dijo hablar en nombre de la Unió Revolucionaria de Pagesos (URP). En los días anteriores al incendio aparecieron pintadas en las paredes de la fábrica con amenazas por una supuesta competencia. La demanda ha sido examinada en un juzgado de Lleida porque la empresa Borges tiene su sede social en Tàrrega. La sentencia dictada por la titular del Juzgado de Instrucción número 4 de Lleida, Esther Vidal, absuelve al Consorcio de Compensación de Seguros al entender que no existe ninguna prueba de que el incendio fuera provocado por un acto terrorista o por una venganza de alguna de las partes implicadas en la crisis de la avellana. El consorcio sólo debe afrontar las indemnizaciones en los siniestros ocasionados por causas extraordinarias como terremotos, erupciones de volcanes o actos terroristas.
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