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Plomo en el aire

La comparaciones, cuando menos, sorprendente. Durante el pasado verano, la Consejería de Medio Ambiente se vio obligada a informar a la población de las elevadas concentraciones de ozono troposférico que, puntualmente, se registraron en algunas ciudades de la región. Los avisos, que fueron recogidos por los medios de comunicación, tenían por objeto prevenir posibles afecciones en individuos muy sensibles, como niños o ancianos, o aquejados de alguna enfermedad respiratoria como asma o bronquitis. En concreto, la Administración recomendó a estas personas que evitaran cualquier esfuerzo o actividad intensa al aire libre para reducir al máximo la inhalación de ozono. Sin embargo, en los mismos meses, algunos municipios onubenses y sevillanos se vieron sometidos a elevados índices de contaminación atmosférica, cuyo origen estaba en los lodos tóxicos procedentes de las minas de Aznalcóllar. En este caso, la Administración no consideró oportuno informar a los vecinos de esta situación, por lo que no se dictó ningún tipo de recomendación dirigida a individuos sensibles o enfermos. De hecho, si se consultan los informes de situación diarios, correspondientes a julio y agosto, la referencia al estado de la atmósfera, en la zona afectada por el vertido, se resolvía afirmando que "la concentración de partículas en suspensión es baja y muy inferior a los límites legales permitidos (300 microgramos por metro cúbico de aire) y el contenido de metales también se mantiene bajo y prácticamente inapreciable". Partículas en suspensión Sólo a partir de mediados de octubre comenzaron a aparecer algunas referencias al elevado índice de partículas en suspensión que se alcanzaba en algunos municipios (Sanlúcar la Mayor o Pilas, ambos en Sevilla). Los datos recogidos por los especialistas del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, en el mismo periodo de tiempo, son bien distintos o, al menos, las conclusiones que sacan a partir de las mediciones efectuadas difieren de la interpretación dada por las autoridades. El informe redactado por los expertos del Instituto de Ciencias de la Tierra Jaume Almera (ICTJA), de Barcelona, advierte que, en el periodo comprendido entre el 14 de julio y el 20 de agosto, se registraron "niveles de partículas totales en suspensión muy elevados". Y añade: "En la población de Aznalcázar (Sevilla) se ha alcanzado una media diaria mensual de 201,5 microgramos por metro cúbico de aire [...]. El 85 % de los días se han superado los 150 microgramos, nivel normativo para medias diarias anuales, y el 14 % de los días se han superado los 300 microgramos". En lo que se refiere al cauce del río Guadiamar, en donde se concentraban las labores de retirada de lodos, continúa el informe, "los niveles alcanzados son muy superiores, llegando a 497,2 microgramos de media diaria". En este último caso, los documentos científicos reconocían que tan elevados índices no se habían llegado a alcanzar en las poblaciones próximas al Guadiamar, "pero sí que indican los niveles a los que ha estado sometido el personal que ha trabajado en el cauce durante la extracción de los lodos". En lo referido a metales pesados, los especialistas del ICTJA reconocían que las partículas de metales pesados en el aire de Aznalcázar alcanzaron "niveles altos", con índices medios diarios que llegaron a ser "muy altos" para elementos como el arsénico, el plomo o el zinc. A la vista de estas informaciones, y otras similares que se fueron recopilando durante las semanas posteriores, los expertos del Instituto de Ciencias de la Tierra concluían, y aquí es donde está la principal discrepancia con respecto a la postura mantenida por la Administración, señalando que "durante un periodo de tres meses (julio-septiembre) la población de Aznalcázar ha estado sometida a niveles muy altos, sin haber sido alertada por ello". A juicio del consejero de Salud, José Luis García de Arboleya, los valores de metales pesados en las partículas en suspensión "están por debajo de los límites exigidos por la legislación vigente", por lo que no puede hablarse de repercusión alguna "en la salud de las poblaciones limítrofes" al vertido. Tomando como referencia el arsénico, Arboleya asegura que los niveles detectados "son muy inferiores a lo exigido por la OMS".

Cuestión de números

En lo que se refiere a la contaminación at-mosférica por partículas en suspensión, la legislación española señala dos niveles de referencia. Por un lado, especifica la norma, no deben sobrepasarse los 150 microgramos por metro cúbico de aire como media diaria anual. Por otro, establece que el límite de 300 microgramos por metro cúbico de aire no debe superarse más de 18 días al año en cada uno de los puntos de medición. Esta última referencia es la que viene utilizando la administración en sus informes de situación, de tal manera que, en función de sus mediciones, solo se ha rebasado la cifra de 300 microgramos en tres ocasiones en los diferentes puntos de muestreo, con lo que aún se está lejos de superar el límite legal. Sin embargo, los propios investigadores del ICTJA señalan en sus informes los riesgos de someterse a esta referencia. "Si utilizamos pa-ra comparar el valor de 300 microgramos por metro cúbico de aire", advierten, "se podría dar el siguiente caso: un año entero con 299 microgramos de media diaria en los 365 días no superaría los 300 microgramos para esos 18 días que se establece como límite, y, sin embargo, la media diaria anual sería de 299 microgramos, prácticamente el doble de lo permitido por la ley". En el periodo que va del 20 de mayo al 4 de septiembre, la media diaria de partículas en suspensión en la atmósfera de Aznalcázar se situó en 151 microgramos, con lo que, de mantenerse esta tendencia, se superaría lo legalmente establecido. Sin embargo, al decrecer las actividades de extracción y transporte de los lodos tóxicos, y aumentar el nivel de humedad en el aire, cabe esperar que los niveles de partículas y metales desciendan durante los últimos meses del año y la media final no rebase lo marcado por la ley.

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