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Confirmado el procesamiento a Rodríguez Galindo por pertenencia a banda armada

La Audiencia Nacional confirmó ayer el procesamiento del general de la Guardia Civil Enrique Rodríguez Galindo, del ex gobernador de Guipúzcoa Julen Elgorriaga y los ex guardias Enrique Dorado y Felipe Bayo por delito de pertenencia a banda armada. Los cuatro estaban ya procesados por su presunta intervención en el secuestro, torturas y asesinato de los etarras José Antonio Lasa y José Ignacio Zabala. Ahora se les acusa de dirigir una rama de los GAL el llamado GAL verde desde el cuartel donostiarra de Intxaurrondo.

La Sala de lo Penal de la Audiencia ha confirmado también el procesamiento del capitán Ángel Vaquero por los mismos delitos, decidida por el juez instructor del caso del Javier Gómez de Liaño, actualmente procesado por el Ttribunal Supremo por tres supuestos delitos de prevaricación durante la actuación en el caso Sogecable. La resolución no acepta que la sentencia del caso Marey haya zanjado el debate sobre si los GAL constituyeron una banda armada y señala que "lo fundamental es que se esté ante indicios de unión de pluralidad de personas, jerárquicamente organizadas, en disposición de utilizar armas o procedimientos violentos contra personas y patrimonios, ya sea para atentar contra el orden constitucional como para defenderlo cometiendo delitos."

Tampoco acepta el argumento de la defensa de Galindo de que se ha confundido la estructura orgánica y funcional de la Guardia Civil, a la que pertenecen los procesados, con la voluntaria formación de una organización armada ilícita. El tribunal destaca que "la profesión de una persona por sí misma no es impedimento para que se adscriba o constituya cualquier tipo de asociación lícita o ilícita al margen de su trabajo, utilizando o no medios materiales o instrumentales que pudieran tener relación con el mismo".

Papeles del Cesid

El tribunal recuerda que los documentos del CESID "son la base indiciaria para estimar que se formó una banda organizada y armada llamada GAL", y precisa que en los hechos del auto de procesamiento se menciona que "algunos de los proyectos de represalia tuvieron reflejo documental en la denominadas "notas de despacho" y concretamente en una del 6-7-83 cuyo asunto se denominaba "Acciones en Francia", atribuyéndose a los procesados el formar parte de la ramificación del grupo en el Servicio de Información de la 513 Comandancia de la Guardia Civil con sede en San Sebastián". "Indicios suficientes", según el tribunal, "para la concreción de la imputación que se hace", esto es el delito de pertenencia a banda armada a los procesados. La Sala confirma asimismo el procesamiento del capitán Ángel Vaquero, al que indiciariamente atribuye igual participación que los otros procesados en la muerte de Lasa y Zabala. Los indicios, en este caso, los constituyen los datos aportados por Felipe Bayo en su declaración en los que implica a Vaquero, y que el fiscal considera verosímiles , "dada su persistencia en los careos y la soltura con la que se desenvolvió en el Palacio de La Cumbre", donde los etarras estuvieron secuestrados. El tribunal no ha accedido a retirar la descripción de las escenas sobre la muerte de los dos etarras del relato de hechos.

Por otro lado, la Sala ha desestimado los recursos contra la suspensión por el instructor de una audiencia prevista para el 27 de febrero pasado, en la que se iba a emitir un dictamen sobre unos documentos atribuidos al teniente Pedro Gómez Nieto, a quien en su día se levantó el procesamiento en este caso.

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