El catamarán había superado todas las pruebas y requisitos legales
El barco siniestrado empezó a surcar el lago el pasado mes de junio, por lo que el certificado de navegabilidad estaba plenamente vigente, según recordó ayer el consejero de Gobernación de la Generalitat, Xavier Pomès. A partir de esa certificación, el Ayuntamiento de Banyoles concedió el permiso de actividades a la empresa que explota el barco turístico. De ello se deduce que los explotadores del barco de recreo cumplían con los requisitos legales.Este certificado de navegabilidad exige superar una prueba de peso en la que se somete al barco a cargas muy superiores a las autorizadas. La prueba de peso exagera mucho el riesgo en los barcos de recreo por temor, precisamente, a que sean sobrecargados.
Pero las estructuras de doble casco o catamaranes -como la del barco La Oca de Banyoles- se consideran muy difíciles de hundir, especialmente en aguas tranquilas como las de un lago. Un posible defecto de estructura en uno de los cascos no conseguiría hundir el barco gracias a la flotabilidad de la otra estructura paralela del catamarán.
La ley de Puertos y Marina Mercante de 1992 delimita, entre otras cuestiones, las normas de seguridad y de navegación en España y el artículo 7 establece que su ámbito de aplicación afecta también a los ríos y lagos.
La responsabilidad en la seguridad de la navegación compete a la dirección general de la Marina Mercante, adscrita al Ministerio de Fomento. Esas funciones las controlan las diversas capitanías marítimas y el brazo técnico de ellas es la inspección de buques, encargada de certificar que una nave reune todos los requisitos para poder navegar. El catamarán La Oca estaba inscrito, foliado y matriculado en la Capitanía de Palamós.
Ese certificado de navegabilidad tiene un período máximo de aplicación de un año y superado ese plazo el barco ha de someterse, en seco, a un reconocimiento de su estructura y a una comprobación de que está dotado de todos los sistemas de seguridad a las que obliga la ley.
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