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Confirmada la condena de José María García por atentado contra el honor de Ramón Mendoza

El Tribunal Supremo ha confirmado una condena a José María García por intromisión ilegítima en el honor de Ramón Mendoza, ex presidente del Real Madrid, a quien habrá de indemnizar por una cuantía que será fijada en la ejecución de sentencia. La Sala Primera del Supremo ha rechazado un recurso de casación presentado por García y Antena 3 Radio -empresa en la que trabajaba el periodista antes de su paso a la Cope- contra una primera sentencia condenatoria de un juzgado de Madrid, ratificada por la Audiencia Provincial.Los hechos se remontan a enero de 1991, cuando García afirmó en su programa Supergarcía, en Antena 3 Radio, que el ex presidente madridista Santiago Bernabéu hizo jurar en su lecho de muerte a dos testigos que no permitirían que "este hijo de puta se haga con el Madrid", en referencia a Mendoza.

El Supremo recuerda en su sentencia del pasado 31 de julio que la demanda presentada por Mendoza obedeció a la expresión difamante empleada por García. El tribunal subraya que en primera instancia la demanda fue aceptada "no sólo en base a la expresión reseñada, sino también teniendo en cuenta otras vertidas en diversos programas radiofónicos emitidos por aquella época". "(...) La información por sí misma ya resulta vejatoria en nuestro ámbito cultural, pues llamar ` hijo de puta´ a persona identificada y conocida, utilizando la radio, con independencia de su veracidad o inveracidad, expresa por sí decidido ataque ofensivo y difamante". Además, García "en ningún momento" demostró que la información fuera veraz, pese a que "se apoyaba en dos testigos que no se identificaron; y si se llegó a conocer la opinión del difunto señor Bernabéu, con igual o mayor razón se pudo alcanzar conocimiento de dichos testigos que la oyeron y recibieron".

Para el Supremo tampoco cabe apelar a la libertad de expresión, porque García repitió diversos insultos contra Mendoza "que revelan patente intención de vejar y menospreciar y que eran totalmente innecesarios en temas informativos, como "cantamañanas", "desvergonzado", "amoral completo", "trasnochado mandamás", "destartalado", "relamido", "presidente de pelo blanco y conciencia deportiva negra", "presumido" (...). En este caso, "se trata de un mal ejercicio, abusivo y desviado", de los derechos a la libertad de expresión e información.

Más adelante, se argumenta que el "deporte debe unir y no separar a las gentes y nada más adecuado para alcanzar esta tarea que el ejercicio más cuidadoso de la libertad y el respeto mutuo". Y se apostilla: "El auge de la pruebas deportivas en estos tiempos no justifica las conductas que enturbian y adulteran su propia esencia y naturaleza, pues va siendo hora de que definitivamente se libere de tanta maleza que lo acecha, cuando ya se ha efectuado su mercantilización".

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