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Un revés a las pretensiones del Ejecutivo

El Tratado de Amsterdam, que reforma los tratados de la Unión de Europea (UE), fue firmado en junio de 1997 y está aún pendiente de ratificación por parte de España y Bélgica. Los cambios introducidos en el derecho de asilo no fueron sustanciales. Un Estado puede conceder asilo a un nacional de la UE con sólo dos requisitos: informando de ello al Consejo de Ministros de la UE y considerando de entrada que la petición del demandante de asilo es infundada. Hasta entonces, admitir una petición de asilo originaba una crisis política porque se sobreentendía que no debía haber asilo en el interior de la Unión. Ahora, el Tratado admite esa posibilidad y no resta competencia a los jueces, aunque la decisión debe ser asumida por los Gobiernos. Bélgica introdujo una declaración unilateral al Tratado por la que se reservaba el derecho de examinar una petición individual procedente de un ciudadano de otro Estado de la UE en circunstancias excepcionales. Ese derecho es el que ha sido aplicado en el caso del etarra Juan Cruz Maiztegui.

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Se llegó a este punto pese a que España había dado su propia batalla con propuestas orientadas a impedir que el derecho se asilo se convirtiera dentro de la UE en coartada para los terroristas con objeto de eludir la extradición de un país a otro. El "éxito" de España fue limitado pese a los triunfos que en todo el proceso se apuntó por cuenta propia el Gobierno de José María Aznar, el primero en la cumbre de Dublín en octubre de 1996. La cumbre asumió en términos generales la propuesta española sobre el asilo político, lo que llevó a un Aznar eufórico a proclamar que el nuevo Gobierno del PP había logrado en seis meses lo que su antecesor, el PSOE, no consiguió en años.

La propuesta española fue evolucionando posteriormente debido a las críticas de organismos internacionales humanitarios y las resistencias de bastantes socios de la Unión. A pesar de ello, en febrero de 1997 el Gobierno de Aznar presentó un memorándum en el que proponía que "ningún Estado de la Unión admitirá a trámite una petición de asilo o de refugio político formulada por un nacional de otro Estado de la Unión".

Esto fue moderado después en vista de las dificultades y en la última fórmula aportada por España las peticiones de asilo en la UE para sus ciudadanos sólo se considerarían en tres supuestos: que en el país de origen se hubiera decretado un estado de excepción, que se hubieran violado las reglas democráticas o que un Estado lo decidiera así ante un caso de persecución política regulado por la Convención de Ginebra.

Este periódico informaba el 22 de abril de 1997 que España había perdido la batalla para eliminar el derecho de asilo entre los países de la UE, como así lo confirmó el Tratado de Amsterdam, pero ello le ganó un torrente de furibundas descalificaciones por parte de Aznar y ministros de su Gobierno, que acusaron a EL PAÍS de mentir.

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