La ley del deporte impulsa pero no concluye la presencia internacional de las selecciones vascas
El proyecto de ley del Deporte dictaminado el martes en comisión por el Parlamento vasco no contraviene la actual legislación española respecto a la posible independencia de la organización federativa, pero deja abiertos espacios de posible conflicto en la búsqueda de la participación de selecciones vascas en competiciones oficiales. La redacción de los artículos conflictivos resulta lo suficientemente abierta como para que federaciones de ámbito reducido puedan abordar un cambio en la actual situación y poner fin a su dependencia de la correspondiente federación española.
El bloque del articulado de la ley que sugiere este cambio, apoyado por el PNV, EA, IU y HB, y rechazado por el PSE, el PP y UA, no prevé posturas de oposición radical a la legislación vigente. La posibilidad otorgada en el artículo 26 a la integración o no de las federaciones vascas en sus correspondientes españolas ya está prevista en la ley. Más aún, en Cataluña, "las federaciones forman parte de, no se inscriben en, la federación española", según manifestó David Moner, presidente de la Unión de Federaciones Catalanas. La ley española no obliga a la inscripción obligatoria, pero la decisión de no hacerlo acarrea automáticamente la imposibilidad de participar en competiciones nacionales e internacionales. Los organismos internacionales sólo reconocen a las federaciones estatales, por lo que la no pertenencia a las mismas anulan cualquier posibilidad de participación internacional. Literalmente, una federación regional independiente de la estatal no podría participar en competición alguna de rango estatal o internacional. La experiencia catalana en este sentido cuenta con algunos precedentes. De una parte, el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya declaró nulos dos artículos de un decreto de la Generalitat, de 1994, que reconocía la participación de federaciones catalanas en competiciones internacionales y su articulación con el movimiento olimpico. La sentencia recordaba jurisprudencia del Tribunal Constitucional de 1986 cuando dictaminaba que no era posible desde la autonomía "la afectación de intereses que son propios del deporte federado español en su conjunto". Otro elemento importante del proyecto dictaminado en la Comisión de Educación de la cámara vasca es el referido a las licencias. El artículo 47, señala que "las licencias emitidas por las federaciones vascas habilitarán a sus titulares a competir a nivel oficial", sin especificar el ámbito territorial de actuación.El establecimiento de la Unión de Federaciones Vascas (que en Catalunya se creó en 1930 y se recuperó en 1985) parece destinada a la promoción de la participación internacional de las regiones en las competiciones deportivas bajo el componente declarativo "de promover e impulsar", funciones indefinidas en el marco de la ley. El bloque de modificaciones probadas en comisión respecto al anteproyecto presentado en setiembre de 1996 intensifican estos espacios difusos, antes de que se tramite en las Cortes la ley española del Deporte. Según las fuentes deportivas y políticas consultadas, algunas federaciones vascas con mayor peso específico que la española podrían dar los primeros pasos de "independización", sin que su actividad se viera seriamente lesionada al alejarse de las competiciuones oficiales. De hecho, tanto en Euskadi como en Catalunya se ha tolerado la participación de sus respectivas selecciones (incluso junto a la española) en competiciones de menor rango. En Euskadi, la lucha sambo fue la abanderada de dicho proyecto. Desde los sectores nacionalistas se invoca el agravio comparativo que supone la presencia internacional de las regiones británicas "y sobre todo la presencia de Islas Feroe, que permite a Dinamarca presentar dos selecciones a los conciertos europeos", señala David Moner.
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