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Los españoles de 19 a 25 años podrán ser movilizados por decreto

Miguel González

El Gobierno podrá movilizar a todos los españoles, hombres y mujeres, que cumplan durante el año en curso entre 19 y 25 de edad, en caso de que se produzca un acto de fuerza o amenaza contra la soberanía, independencia o integridad territorial de España y de que los reservistas temporales y voluntarios no sean suficientes para cubrir las necesidades de la defensa, según el proyecto de ley del Personal de las Fuerzas Armadas.Esta movilización podrá ser decidida por real decreto -en contra de lo previsto en la vigente Ley del Servicio Militar, que exige una norma con rango de ley-, aunque el Gobierno deberá informar al Parlamento.

El proyecto del Ministerio de Defensa diferencia tres tipos de reservistas: temporales, voluntarios y forzosos. Se denomina reservistas temporales, aunque también sean forzosos, a los oficiales de complemento y a los soldados profesionales que, tras concluir su contrato con las Fuerzas Armadas, permanecen un tiempo en la reserva.

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La duración de dicho periodo depende del tiempo en activo: para los contratos de corta duración (12 a 18 meses), la reserva dura un año; y para los de larga duración (2 a 3 años) se prolonga durante tres.

En los demás casos, y también en el de los oficiales de complemento, la reserva se extiende durante un quinquenio y, además, puede ser prorrogada voluntariamente hasta cumplir la edad de 45 años.

Los reservistas voluntarios, una fórmula inédita en España, serán aquellos que, sin haber pertenecido a las Fuerzas Armadas, se alisten como reservistas en las plazas convocadas al efecto. En función de su titulación, podrán ser soldados o cuadros de mando. Deberán tener más de 18 años y menos de 28 en el caso de la tropa y hasta 35 para acceder a oficial y suboficial.

Se les permitirá usar uniforme en determinadas ocasiones y tendrán tarjeta militar. Percibirán la retribución correspondiente al empleo que ostenten cuando sean "activados" para realizar maniobras, recibir instrucción o prestar servicio. Tendrán derecho a la reserva del puesto de trabajo y a cobertura sanitaria. Si son funcionarios, pasarán a la situación administrativa de servicios especiales.

Junto a los ex militares temporales y de carrera -que permanecen en la reserva hasta la edad de retiro- estos voluntarios completarán la plantilla de las brigadas movilizables.

Además, quienes hagan la mili forzosa antes de su desaparición y los que pasen a la reserva desde una prórroga serán reservistas obligados durante tres años, como ya sucede ahora.

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Sobre la firma

Miguel González
Responsable de la información sobre diplomacia y política de defensa, Casa del Rey y Vox en EL PAÍS. Licenciado en Periodismo por la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB) en 1982. Trabajó también en El Noticiero Universal, La Vanguardia y El Periódico de Cataluña. Experto en aprender.

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