Ekaizer y EL PAÍS, absueltos en el juicio instado por Pedro J. Ramírez
El juez afirma que no hubo calumnia al director de "El Mundo"
, Ernesto Ekaizer no cometió calumnia cuando hizo referencia a «las declaraciones amañadas de Pedro J. Ramírez y de sus colaboradores ante el juez Palomino» durante la investigación de este último acerca del coronel Juan Alberto Perote. Así lo establece el magistrado juez de lo Penal número 9 de Madrid, Jesús-Eduardo Gutiérrez-Gómez, en la sentencia por la que absuelve a Ekaizer y a EL PAÍS del delito de calumnias con publicidad que les atribuían Ramírez y otros dos periodistas de El Mundo, Antonio Rubio y Manuel Cerdán, por un artículo publicado el 11 de julio de 1997.
En ese artículo, Ekaizer expresaba una serie de opiniones sobre la sentencia que el Tribunal Militar Central había dictado contra el coronel Perote. Y añadía datos de un escrito que dicho militar había dejado en la prisión de Alcalá de Henares, entre otros sobre la coartada de que el filtrador de los documentos del CESID fuera un misterioso personaje llamado Viriato . Ekaizer decía: «Hay que plantear la duda de su existencia, al menos», escribe Perote, en referencia al personaje ficticio Viriato y a las declaraciones amañadas de Pedro J. Ramírez y de sus colaboradores ante el juez Palomino».El juez de lo Penal dice que el artículo de Ekaizer, «en casi toda su integridad, merece el calificativo de artículo de opinión»; si bien «introduce algunos datos o hechos que no expresan opinión, sino pura información de hechos a los lectores. Y es precisamente ahí (las declaraciones de Ramírez y sus colaboradores) donde los querellantes tratan de incardinar el delito de calumnias que imputan al acusado».
Al dictar esta sentencia, el juez precisa que la única persona plenamente identificada en lo que se refiere a esa manifestación es Ramírez, ya que cuando se habla de "sus colaboradores" no se daban los nombres. El juez supone que el director de El Mundo «tendrá más de dos colaboradores, incluso en el tema al que se refiere el propio artículo periodístico» y circunscribe a Ramírez la hipotética imputación de falso testimonio.
A la hora de dilucidar si la referencia a declaraciones «amañadas» por el director de El Mundo puede constituir falso testimonio, el juez dice, en primer lugar, que «amañadas» no equivale a «falsas», sino que, más bien, se refería a «cierta posición o postura» de aquel a la hora de prestar su declaración ante el tribunal; «pero no implica, por sí misma, la falsedad de la declaración».
Diligencia profesional
Se trata, pues, «de una expresión vaga e inconcreta», añade el juez, que cita una sentencia del Tribunal Supremo sobre otro asunto, en la que se estableció que la imputación ha de recaer «sobre un hecho inequívoco, concreto y determinado», no siendo suficientes las atribuciones vagas, genéricas o analógicas.Eso «bastaría ya para declarar la absolución del acusado», continúa el juez. Pero, además, el magistrado afirma que el artículo de Ekaizer no era inveraz. Tras recordar la doctrina constante del Tribunal Constitucional acerca de que los hechos de los que se informe han de ser objeto de previo contraste, agrega que el artículo en cuestión se trataba de «una información acerca de un personaje público, y de una noticia de relevancia pública, como lo era el procedimiento seguido contra el coronel Perote».
Dicha noticia había sido objeto de un seguimiento e investigación por parte de Ekaizer, estimándose que el hecho que se pone en conocimiento de los lectores de EL PAÍS «fue contrastado anteriormente con otro tipo de informaciones, algunas de las cuales constan en las actuaciones, como son unas cartas del coronel Perote que hacían referencia al Sr. Ramírez, y de las cuales el acusado infirió racionalmente el hecho que posteriormente publicó», se lee textualmente en la sentencia.
Para el juez, no se puede decir que Ekaizer «no hubiera prestado la diligencia debida para obtener una determinada información y contrastarla posteriormente». Su publicación no supone «una invasión, ni conculcación del derecho al honor» de Ramírez.
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