El municipio pagará casi dos millones a una mujer que cayo a un alcantarilla
El Ayuntamiento de Madrid y la empresa Fomentos de Construcciones y Contratas (Focsa) tendrán que indemnizar solidariamente con casi dos millones de pesetas a una viandante que cayó en el interior. de una alcantarilla al pisar la tapa, que era más pequeña que el agujero que debía cubrir. Así lo establece una sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid. La víctima -cuyo nombre se corresponde con las iniciales de J. C. B., vecina de Madrid- sufrió heridas de las que tardó en curar casi cinco meses. Pudo salir de la alcantarilla, situada en la calle de Salvador Martínez, con la ayuda de otros transeúntes. El accidente se produjo sobre las seis de la tarde del 31 de julio de 1992 en la citada calle.
Tras casi seis años de pleito con el Ayuntamiento, la Audiencia de Madrid, en una sentencia que ya es firme, le ha dado la razón.
El caso de esta mujer se vio primero en un juzgado de primera instancia de la plaza de Castilla, que condenó al Ayuntamiento, a Focsa y a la aseguradora de la constructora, Plus Ultra, a indemnizar a las mujer con 1.680.000 pesetas. Los condenados apelaron la sentencia ante la Audiencia Provincial, pero no han tenido éxito.
El tribunal declara probado que la medida de la tapa con la que se cubrió la alcantarilla "era inferior a la del hueco", y que al ser pisada por la víctima "giró sobre su eje, lo que provocó la caída de la señora dentro de la boca".
Focsa adujo que en la fecha del accidente no era de su incumbencia el mantenimiento y vigilancia del alcantarillado. El tribunal desecha este argumento: "Esta empresa debe responder plenamente del daño producido por no haber comprobado [sus operarios] que la tapa de la alcantarilla se ajustaba a las medidas del hueco".
El Ayuntamiento alegó, por su lado, que la responsabilidad era únicamente de Focsa. También difiere el tribunal de este argumento: "El Ayuntamiento no puede eludir su responsabilidad, pues es el dueño de las instalaciones de alcantarillado municipales, donde se produjo el daño [a la víctima".
El consistorio también alegó contra la cuantía de la indemnización que había establecido el juzgado de primera instancia, 10.000 pesetas por cada uno de los 168 días de baja que sufrió la mujer tras la caída. "En el presente caso", explica la sentencia, "a la sala le parece moderada la cantidad fijada de 10.000 pesetas". Los condenados también deberán abonar las costas del proceso y los, intereses devengados desde la fecha de la caída.
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