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Delgado advierte que no se pueden realizar escuchas sin orden judicial

El presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Javier Delgado, ha advertido, en declaraciones a Abc, que no se pueden realizar escuchas sin orden judicial. "La Constitucion exige que para interceptar llamadas telefónicas sea imprescindible una resolución judicial y, por consiguiente, ésta resulta insoslayable. Dicho esto, corresponde a la legislación ordinaria precisar los supuestos en los que es procedente conceder esta autorización", manifestó Javier Delgado.

La misma opinión tienen los portavoces de las asociaciones judiciales Francisco de Vitoria, María Tardón, y Jueces para la Democracia, José Antonio Alonso, consultados por Europa Press.

"En nuestra legislación sólo se puede levantar la inviolabilidad del secreto de las comunicaciones por resolución judicial debidamente motivada", afirmó María Tardón. "La vulneración de derechos fundamentales es un último recurso. Si no se tiene más que una sospecha, no se puede intervenir en el secreto de las comunicaciones, aunque sea en relación con grupos terroristas".

Por su parte, José Antonio Alonso recordó que "un Estado de Derecho no conoce excepciones a la necesidad de que la limitacíón de derechos fundamentales se acuerde mediante un control que se basa en la actividad judicial, porque así lo dice la Constitución".

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