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La sentencia del ‘caso Arny’ disipa la sospecha que pesaba sobre los acusados más famosos

Absueltos 32 de los 48 procesados, entre ellos Gurruchaga, Cadaval y Jesús Vázquez

Jorge A. Rodríguez

El caso Arny se deshinchó ayer con la absolución de los más famosos acusados en este proceso por prostitución de menores. La Audiencia de Sevilla no halló pruebas contra 32 de los 48 acusados, y considera que las contradicciones y, en algunos casos, la “animadversión” de los testigos hacia varios procesados obliga a dejar libre a la mayoría de los trabajadores del famoso local sevillano y a casi todos los clientes, entre ellos los cantantes Jesús Vázquez y Javier Gurruchaga, el humorista Jorge Cadaval, el juez de menores Manuel Rico Lara y Antonio Tejado, hermano de la cantante María del Monte.

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No obstante, la sala ha condenado a los dos principales promotores del bar, a ocho empleados y a seis clientes -incluido Ramón de Carranza, marqués de Sotohermoso- por haber prostituido a menores.Decenas de periodistas y abogados se concentraron ayer en el edificio de la audiencia para recoger la sentencia que cerraba en Sevilla un juicio largo y proceloso que ha sacudido Andalucía. Un agente llevó en un carrito de hipermercado las fotocopias, que habían dormido en la caja fuerte de la Sección Tercera de la Audiencia. Las 72 páginas (sólo 70 para los periodistas al ocultarse los nombres de los 59 testigos menores de edad) expresan que ha quedado probado que en el Arny se prostituía a menores; y explican detalles escabrosos de las relaciones sexuales mantenidas al abrigo del bar, descritas en los cinco meses de juicio.

Los fundamentos de derecho del fallo, del que ha sido ponente el magistrado Angel Salas, arrancan desestimando una sentencia del Supremo del 12 de enero pasado, según la cual no cometen un delito de prostitución "quienes comercian carnalmente de manera directa con personas ya prostituidas". La sala entiende, por el contrario, que "resulta irrelevante que el menor o menores cuya prostitución se favorezca se encuentren ya prostituidos, ya que siempre se espera o es posible una regeneración que indudablemente se dificulta con los nuevos actos de prostitución, que le hunden más".

Abono de un precio

El tribunal asegura que el artículo 187 del, nuevo Código Penal castiga "no sólo a quienes explotan, facilitan, favorecen o se aprovechan de la prostitución de un menor, sino también a quienes mantienen relaciones sexuales a cambio de precio con esos menores". Además, afirma que " sería absurdo sostener que, para el Código Penal vigente, a partir de los 12 años cualquier persona puede libremente decidir dedicarse al ejercicio de la prostitución, sin que a causa de ello, por entenderlo ejercicio de una libertad, recaiga sanción sobre quienes para obtener un goce realicen actos sexuales con esos menores y adolescentes merced al abono de un precio". Este fundamento es el que ha llevado a condenar a los seis clientes que se ha demostrado que mantuvieron relaciones sexuales con menores en el local Arny. Uno de ellos, Manuel Mora Waflar, ni siquiera llegó a mantenerlas debido a un incidente con dos menores sobre quién debía realizar a quién un coito anal, pero el tribunal considera que la mera negociación del precio del acto sexual es la incitación a la prostitución.En el caso del marqués de Sotohermoso y Villapesadilla, el tribunal cree que la "mantenida y sincera declaración" del testigo 48 "transmitió la convicción necesaria" de que mantuvo un coito anal con el acusado, motivo por el que le condena a un año de prisión.

El resto de los clientes del Arny queda absuelto por falta de pruebas, debido a las contradicciones falta de credibilidad e incluso mentiras de los testigos. El testigo que sale peor parado es el número 1, el ya mayor de edad José Antonio Sánchez Barriga, quien presentó la denuncia primera que abrió el caso Arny en marzo de 1994, y del que el tribunal dice: "Absolutamente ninguna credibilidad merece al tribunal habida cuenta de las múltiples declaraciones prestadas y contradicciones en que ha incurrido, ignorándose cuándo ha dicho la verdad, si es que alguna. vez la ha dicho". Este testigo fue el que acusó al juez de menores Rico Lara, y la Sala entiende que tenía "motivos de animadversiór" hacia él pues éste retiró la guarda y custodia a la madre de aquél y había decidido su internamiento en correccionales.

La condena más dura ha recaído sobre el dueño del Arny, Carlos Saldaña: 33 años de cárcel, de los que 18 son por haber facilitado seis relaciones sexuales entre clientes y menores y el resto por cinco actos mantenidos por él mismo. Precisamerite son 18 años los que se han impuesto al encargado del pub, José Antonio González Losada, al que no le han valido los argumentos de que había colaborado con la justicia. Pese a lo elevado de las condenas, ambos cumplirán como máximo el triple de la pena más grave, es decir, nueve años. El resto de las penas van desde el año y nueve meses de Domingo Arnaldo Concha, Arny (el bailarín que dió nombre al pub), o los dos años al cliente Manuel Mora, al año impuesto a otros cinco clientes.

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Sobre la firma

Jorge A. Rodríguez
Redactor jefe digital en España y profesor de la Escuela de Periodismo UAM-EL PAÍS. Debutó en el Diario Sur de Málaga, siguió en RNE, pasó a la agencia OTR Press (Grupo Z) y llegó a EL PAÍS. Ha cubierto íntegros casos como el 11-M, el final de ETA, Arny, el naufragio del 'Prestige', los disturbios del Ejido... y muchos crímenes (jorgear@elpais.es)

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