El nuevo IRPF pasará a la cuota los intereses por compra de vivienda
El nuevo impuesto sobre la renta que el Gobierno aprobará en las próximas semanas cambiará el actual esquema de deducciones por compra de vivienda habitual. Los intereses de los créditos hipotecarios, que ahora se desgravan en la base del impuesto, pasarán a descontarse de la cuota en un 15%, igual que el capital amortizado. Al mismo tiempo, ya no habrá que declarar como ingreso el 2% del valor catastral de la vivienda.
El Ministerio de Economía y Hacienda no ha decidido aún si se ampliarán los límites actuales. En el impuesto sobre la renta vigente, los intereses desgravan hasta un máximo de 800.000 pesetas en las declaraciones individuales y de 1.000.000 en las conjuntas. La deducción por el capital amortizado tiene, a su vez, un límite del 30% de la base liquidable.
El vicepresidente segundo y ministro de Economía, Rodrigo Rato, declaró ayer en el Congreso que "estamos trabajando en las normas técnicas y, por el momento, sólo podemos decir que se adecuarán los actuales incentivos en cuanto a la deducción por intereses para que las rentas más bajas resulten favorecidas, sobre todo en los primeros años de compra del inmueble".
De mantenerse los actuales límites y porcentajes de deducción, el traslado de la deducción por intereses a la cuota del impuesto perjudicará a un elevado número de contribuyentes. En principio, aquellos cuyo tipo medio (antes de deducciones) rebase el 15%. Según la renta declarada el pasado año, sobre los ingresos de 1996, ese nivel se supera a partir de los dos millones de pesetas, y en él están unos 5,7 millones de contribuyentes sobre un total de 14 millones.
Algunos ejemplos
La razón es que el descuento en la base supone que ese dinero no tributa y el ahorro es, por tanto, igual al resultado de aplicar el tipo impositivo general a la cantidad que se deduce por los intereses. La medida perjudicaría más cuanto mayor es el nivel de renta.Por ejemplo, una renta de 6,074 millones de pesetas (declaración conjunta) obtendría una devolución de 152.273 pesetas con el mantenimiento de la deducción por intereses de vivienda en la base del impuesto y la imputación como ingreso del valor catastral de la vivienda. Si esa deducción se traslada a la cuota del impuesto y se suprime la imputación del 2% del valor de la vivienda, la devolución sería de 142.363 pesetas, casi 10.000 menos que en el ejemplo anterior.
Si la declaración es individual y la renta es de 9,15 millones de pesetas, con el sistema anterior obtendría una devolución de 1.113.835 pesetas, mientras que con el nuevo sería de 840.625 pesetas; es decir, unas 300.000 pesetas menos. Estos ejemplos han sido elaborados por el Bufete Díaz Arias.
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