Tres delitos conexos
El fiscal del Tribunal Supremo José María Luzón entiende que en el caso Marey se cometieron tres delitos. Uno de pertenencia a banda armada -al que se aplicaría el nuevo Código Penal por ser más beneficioso-, que estaría presento por el transcurso de más de 10 años desde los hechos. Otro de malversación de fondos públicos, aplicable sólo a algunos de los procesados, por la supuesta entrega de un millón de francos franceses de los fondos reservados de Interior para llevar a cabo el secuestro. A este delito, según el fiscal, habría que aplicarle el Código Penal antiguo, que también tendría un plazo de prescripción de 10 años, por lo que, en principio, la malversación asimismo estaría prescrita.Sin embargo, el fiscal sostiene que un tercer delito, el de detención ilegal, no habría prescrito, ya que según su tesis el plazo de prescripción con uno u otro Código sería de 15 años. Y al no haber prescrito el delito principal o más grave no puede entenderse que hayan prescrito los delitos conexos o subordinados a él; es decir, la pertenencia a banda armada y la malversación de caudales. En resumen, a pesar de que la pertenencia a banda armada y la malversación estarían prescritos por sí mismos, al no estarlo el secuestro éstos tampoco habrían prescrito.
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