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El fiscal pide que se juzgue a los acusados del 'caso Marey' y se aplique la prescripción en la sentencia

Los ocho abogados defensores de los procesados en el caso Marey invocaron ayer la prescripción de los delitos que les imputan al haber transcurrido más de 10 años desde la fecha del secuestro de Segundo Marey, el 4 de diciembre de 1983, hasta el momento de iniciarse las actuaciones en diciembre de 1994. El fiscal del Supremo, José María Luzón, desestimó esas alegaciones y pidió que se juzgue a los acusados, explicando que, en su opinión, es en la sentencia en donde debe resolverse si han prescrito o no los delitos que se les imputan. Las acusaciones apoyaron las alegaciones del fiscal.

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La vista de los preliminares del caso Marey en la Sala Segunda del Tribunal Supremo se prolongó durante toda la jornada de ayer, y a ella siguieron las deliberaciones de los magistrados hasta casi las once la noche. Hoy se volverán a reunir para seguir el debate sobre una eventual prescripción de algunos o de todos los delitos para uno o varios acusados, con la consiguiente extinción de responsabilidad penal en cada caso.Los abogados se centraron en combatir la calificación del fiscal del Supremo, José María Luzón, quien considera que los delitos no han prescrito ya que el más grave de ellos, el secuestro de Marey, tendría un plazo de prescripción de 15 años y no de 10 como argumentan todas las defensas. El fiscal mantuvo ayer que no es en la fase de cuestiones previas en la que debe plantearse en que tipo penal se deben encuadrar las conductas de los acusados para resolver a continuación si han prescrito o no los delitos que se les imputan. Tras la celebración del juicio, según el fiscal, es el tribunal quien debe decidir sobre esta materia y luego, al dictar sentencia, resolver sobre la prescripción.

El principal punto de debate estuvo en torno al delito de secuestro y a la condición de funcionarios públicos o particulares que el fiscal otorga a los procesados, según los preceptos que utiliza para acusarles, ya que entiende que al cometer el delito se despojaron de su condición de funcionarios públicos.

Esta postura fue impugnada por los defensores, que sostuvieron que si. sus defendidos eran funcionarios públicos con el antiguo Código Penal debe aplicárseles el plazo de prescripción de cinco años previsto para la detención ilegal en el artículo 184 de ese cuerpo legal.

"Fraude procesal"

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Manuel Cobo del Rosal, defensor del ex secretario de Estado para la Seguridad Rafael Vera (el fiscal pide para él 23 años de cárcel) significó que desde 1870 a la actualidad "en toda la historia de Tribunal Supremo no hay una sola sentencia de esta Sala que diga que en una reforma con sucesión de leyes debe aplicarse la más desfavorable para el reo". Cobo fue el más duro de los defensores y dijo que el fiscal y las acusaciones "habían rozado el fraude procesal" al calificar a propósito los hechos para evitar que operase el instituto de la prescripción. En línea con los demás defensores, Cobo planteó que se aplique el Código Penal antiguo en caso de que se considere a Vera funcionario público y el nuevo si se le considera un particular, ya que en ambos casos el delito de secuestro habría prescrito.Pablo Jiménez de Parga, defensor del ex ministro José Barrionuevo (petición fiscal: 23 años de cárcel), señaló que el debate sobre la prescripción no implica renunciar a la inocencia de su defendido, y sacó a relucir que en el caso Filesa el ministerio fiscal apoyó la tesis contraria a la que ahora plantea y pidió que se declarase la prescripción de un delito y la de otros conexos con él. "Fue el propio ministerio fiscal el que planteó la prescripción de un delito de apropiación indebida y no de otro delito fiscal, y esta Sala lo admitió con el apoyo expreso del fiscal".

En relación con el secuestro de Marey, Jiménez de Parga señaló: "No se puede ir mutando la condición de funcionario dependiendo de si vamos a aplicar un Código o vamos a aplicar otro. O mi defendido tiene la condición de funcionario público o no la tiene". El letrado defendió que la condición de funcionario público de Barrionuevo no ha sido modificada por el nuevo Código.

José María Stampa Braun, defensor del ex director general de Seguridad Julián Sancristóbal (petición fiscal: 22 años), planteó la falta de autorización administrativa previa de una cuarta parte del Congreso para abrir el proceso a Barrionuevo. Según este letrado, la aplicación de esta norma habría supuesto una "depuración política" del caso que habría Impedido su llegada a los tribunales. Su inobservancia debería conducir a la nulidad de actuaciones.

Andrés Planas, abogado de los policías Luis Hens y José Ramón Corujo, que custodiaron varios días a Marey, aseguró que a sus defendidos les dijeron que tenían que custodiar a un detenido y no tuvieron conocimiento del comunicado de los GAL reivindicando el secuestro, por lo que no se les puede aplicar el tipo agravado de haber puesto una condición para la liberación de Marey.

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