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GOLPE A LA AUTONOMíA FISCAL

Las instituciones vascas califican de ataque frontal al autogobiernoa la sentencia del Supremo

"Un ataque al Concierto y al autogobierno". El Gobierno vasco y la Diputación Foral de Vizcaya vieron ayer en la sentencia del Tribunal Supremo, que anula los beneficios fiscales a la inversión otorgados por una norma foral de Vizcaya de 1998, una decisión política.Las haciendas forales vascas, que siempre se habían vanagloriado de no haber perdido ninguna de las reclamaciones de la Administración central, no podían ocultar ayer su enfado. [Ayer mismo la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior del País Vasco desestimó el recurso presentado por la Administración del Estado contra la norma que sustituía a otra de 1993 que a su vez reemplazó a la de 1988 anulada ahora por el Supremo.]

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Al contrario, las comunidades autónomas limítrofes, recibieron la noticia con gran satisfacción. Expertos consultados señalan que la. sentencia del Supremo abre la vía para que en los recursos todavía pendientes por el mismo problema de fondo, se solicite la suspensión de las normas hasta que se pronuncie sobre ellas el alto tribunal.

"Resulta sorprendente que el Supremo en sus valoraciones considere probado que una diferencia normativa en los tipos de gravamen de un impuesto supone necesaria y automáticamente la existencia de una presión fiscal global inferior", se señaló desde la vicepresidencia del Gobierno vasco.

Este mismo criterio fue argumentado por la Diputación de Vizcaya y por el PP vasco, que fue aún más lejos: "No tiene mucho sentido que el Supremo diga que la presión fiscal es inferior a la media española cuando en las instancias judiciales inferiores, que es donde se hace la prueba, se ha dicho lo contrario. En todo caso se lo podían haber ahorrado, porque con el nuevo Concierto carece de sentido", dijo un responsable del PP de Vizcaya.

Una decisión política

El nuevo Concierto Económico vasco, firmado en 1997, ya no recoge la idea de que la presión fiscal efectiva en Euskadi no pueda ser inferior a la del resto de España. El texto habla ahora de "presión fiscal efectiva equivalente".Sin embargo, los expertos en el Concierto consultados consideran que la vía argumental está abierta con la sentencia y que da lo mismo justificar que la presión es inferior o que no es equivalente. Para éstos, el Concierto, que es un pacto entre soberanías fiscales, nunca debería haber entrado en la vía judicial. Un reproche que hacen todas la fuerzas nacionalistas y no nacionalistas.

Josu Bergara, diputado general de Vizcaya, ve intención política tras el fallo judicial: "La sentencia debería haber sido jurídica, pero ha pasado a ser política y ha entrado en valoraciones que no les correspondía [al Tribunal Supremo]. No hace falta ninguna autonomía para copiar exactamente las disposiciones legales fiscales del Gobierno central".

Según afirmó Bergara, la efectividad práctica de la sentencia es nula, ya que la norma que se anula está derogada. Asimismo, desde la Diputación de Vizcaya se asegura que esta resolución judicial es contradictoria con otras sentencias previas del Supremo, como la de 1991 sobre incentivos a la inversión en Guipúzcoa, en la que aceptaba la capacidad de la institución foral para establecer unas condiciones tributarías diferenciadas.

Este mismo argumento lo esgrimió el Gobierno vasco, que además señaló que la reforma del Concierto Económico el pasado año eliminó este problema. Para el Ejecutivo autónomo, el actual Concierto amplía las competencias fiscales de, Euskadi y, además, el razonamiento de la sentencia se ha visto superado por la realidad.

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