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Canal Satélite queda inscrito en el registro 11 meses después de pedirlo

La CMT reconoce haber perdido "tiempo y dinero" en el caso

La Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) ha aprobado la inscripción de Canal Satélite Digital en el registro de operadores del "servicio de acceso condicional" cuando han transcurrido 11 meses desde que dicho opeador presentó la documentación necesaria y tras una primera denegación acordada el 6 de nayo pasado. También ha sido inscrito Vía Digital, que presentó su documentación mucho más tarde (el 25 de junio de 1997) y que estaba pendiente.

Se pone fin así a una situación surrealista, que era la existencia de un registro oficial de operadores de televisión digital en el que no estaba registrado nadie, cuando las dos empresas de dicho sector sirven ya a cientos de miles de clientes (340.000, Canal Satélite; y Vía Digital, alrededor de 85.000).Fuentes de la CMT reconocieron ayer que se ha perdido "tiempo y dinero" en la realización de estudios sobre legislación comparada relacionados con este caso, esfuerzo que atribuyen al "vacío" que apreciaban al respecto.

La CMT notificó oficialmente su decisión a las dos plataformas. El argumento empleado para aprobar lo que antes se denegaba se centra en la modificación de la llamada ley digital, hecha por el Gobierno en septiembre pasado tras un largo conflicto con la Comisión Europea, que le exigía ese cambio.

Para adoptar esa solución, la CMT ha dejado que transcurran casi cinco meses desde la modificación de la ley en que apoya su postura actual. Por medio se ha producido una resolución del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que, a solicitud de Canal Satélite, suspendió cautelarmente la negativa de la CMT a inscribir a dicha empresa.

El registro de operadores de televisión con "acceso condicional" fue una de las urgentísimas medidas promulgadas por el Gobierno el 1 de febrero de 1997, con la intención declarada de someter a aprobación de la autoridad española qué descodificadores valían en España y cuáles no, con independencia de que fueran utilizados en el resto de la Unión Europea. Pese al desacuerdo de Canal Satélite con esa imposición, este operador se apresuró a presentar la documentación solicitada, cuando habían transcurrido sólo cinco días desde su promulgación.

La CMT denegó el 6 de mayo la inscripción de Canal Satélite Digital en el registro. Aquella negativa, que dividió a los miembros del órgano regulador, no se basó en motivación concreta alguna, salvo la genérica de que Canal Satélite no cumplía los requisitos de la ley digital vigente en aquel momento. Para denegar esa inscripción se echó abajo la propuesta del ponente asignado a ese expediente -el vicepresidente de la CMT, Florenci Bach-, que era favorable a aprobar la inscripción, y cuatro de los siete miembros de la CMT votaron en contra de la inscripción.

Canal Satélite se querelló por prevaricación contra el presidente de la CMT, José María Vázquez Quintana, y los que habían votado en contra. Después de todo esto, Vía Digital solicitó su propia inscripción. Ahora, los dos quedan inscritos. "Antes de la última modificación legislativa", explica la CMT, "el hecho de registrar suponía declarar ( ... ) que los equipos eran técnicamente abiertos y compatibles per se, o bien que se habían alcanzado ya los acuerdos apropiados entre operadores. La modificación [de la ley digital] ha supuesto que se pueda inscribir también sin que estos acuerdos estén ya alcanzados, pero dejando constancia de la necesidad de llegar a ellos en su momento".

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