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GENTE

"STRIP-TEASE" SIN INSTINTO SEXUAL

El Tribunal Supremo italiano, preocupado por el sentido del pudor entre, los súbditos de la República, ha establecido en una sentencia que el strip-tease no es delito en aquel país, pero que quienes organicen espectáculos sexuales que pasen de un simple desnudo pueden merecer desde multas a reclusión. Es decir, aceptando la representación de actividad sexual, pero no la "expresión del instinto sexual", porque, en opinión de los altos juristas, no es tolerada por el hombre medio, el tribunal confirma una condena al dueño de una discoteca de Cervignano del Friuli, cerca de Trieste, no porque en ella se desnudara una chica ni porque careciera de las cualidades de Kim Basinger en Nueve semanas y media, sino porque la bailarina en cuestión lamió el pecho de un espectador en el que acababa de esparcir un helado. El alto tribunal no se preocupa porque tal actitud sea un pringue o un riesgo sanitario, toda vez que se desconoce la frecuencia de la interacción espectador-ducha, y el helado, firme exponente de las bondades de los productos italianos, pudiera haber mutado su sabor. Los magistrados encuentran el comportamiento de la señorita, "lesivo del común sentido del pudor", y bendicen la actividad, pero no la demostración del instinto, por lo que condenan al propietario del local, quien habrá aprendido que se puede mirar, pero no tocar.-

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