Revés judicial para la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones
Suspendida la negativa a inscribir a Canal Satélite en el registro
La Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT), que el 6 de mayo pasado denegó la inscripción de Canal Satélite en el registro de operadores de televisión digital, ha sufrido un revés judicial por esa decisión. Un auto del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, dictado el pasado día 16, ha, ordenado la suspensión cautelar de la medida tomada por la CMT hasta que se juzgue el fondo del asunto. Canal Satélite Digital ha conseguido operar de hecho, pero estaba, de derecho, afectado por una decisión administrativa que podía ser ejecutada en cualquier momento.
Por un decreto promulgado el 1 de febrero, el Gobierno creó el registro de operadores de televisión digital y lo adscribió a la CMT, un órgano cuyos miembros están todos nombrados por el Ejecutivo. Canal Satélite, pese a considerar contraria al derecho europeo esa exigencia registral, cumplió con los requisitos establecidos y pidió su inscripción en el mismo a los cinco días de la promulgación del decreto-ley. El ponente designado para ello fue el vicepresidente de la CMT, Florenci Bach, quien propuso inscribir a Canal Satélite.Sin embargo, cuatro de los siete miembros que entonces tenía la CMT echaron abajo la propuesta y votaron a favor de denegar la inscripción de Canal Satélite, en una resolución que no explicaba los motivos de tal determinación. El presidente de la CMT, José María Vázquez Quintana, fue uno de los que se pronunciaron a favor de la negativa. Hay presentada una querella por prevaricación contra este último y los tres miembros de la CMT que votaron con él.
Una vez que la Comisión Europea tomó cartas en el problema creado en España por la regulación de la televisión digital, el ministro de Fomento, Rafael Arias-Salgado, declaró que no se iban a prohibir las actividades de Canal Satélite.
Subsistía, sin embargo, el problema jurídico de que una decisión administrativa puede llegar a ejecutarse. En nombre de Canal Satélite, el despacho de abogados de Santiago Martínez Lage interpuso recurso contencioso-administrativo y el Tribunal de Justicia de Madrid acaba de darle la razón en la primera de sus peticiones, que era la suspensión cautelar de la medida administrativa. Los abogados de Canal Satélite lo pidieron para evitar los "perjuicios graves e irreparables" que podía ocasionar. Los letrados argumentaban también que la existencia del registro es contraria al derecho comunitario europeo.
El abogado del Estado se opuso al recurso alegando que Canal Satélite "sigue operando sin obstáculo alguno". Sin embargo, el tribunal contesta que "no cabe compartir tal tesis", puesto que "la continuidad es exclusivamente material, pero no jurídica". Por ello suspende la denegación de la inscripción registral de Canal Satélite.
El tribunal fundamenta su decisión en que "cabe apreciar la existencia de graves perjuicios para la actora [Canal Satélite], sin que por otra parte concurran tales perjuicios o se pongan en riesgo los intereses públicos, como se desprende de la permitida continuidad de la operatividad material de la actora [Canal Satélite]", por lo que "resulta procedente acceder a la suspensión de la ejecutividad del acuerdo impugnado". Así lo escriben en el auto los magistrados Ramón Verón, Juan Miguel Massigoge y Eva Isabel Gallardo.
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