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El 'caso Sogecable' no compete ya a la Audiencia, según el juez Moreno

El Poder Judicial debate otra vez si debe actuarse contra Liaño

El juez Ismael Moreno dictó ayer un auto por el que declara que la Audiencia Nacional no es competente para continuar con la instrucción de los restos del caso Sogecable. Esto se produce después de que la Sala de lo Penal archivase las acusaciones de apropiación indebida y estafa y señalara, respecto a las restantes -falsedad, delito societario, trato de favor en la concesión de Canal + y delito fiscal- que la instrucción se tomaba "un tanto errática y con peligrosa proximidad a una causa general". Moreno ha remitido el caso al juez decano de Madrid para que lo reparta al juzgado correspondiente.

La decisión del juez Moreno no es firme. Puede ser recurrida en queja en el plazo de tres días.El auto fue notificado ayer únicamente al fiscal de la Audiencia Nacional, Eduardo Fungairiño, quien anunció que consultará al fiscal general del Estado si presenta recurso contra la decisión.

La resolución de Ismael Moreno señala que la Audiencia Nacional no es competente para seguir con el caso puesto que no se halla encuadrado en ninguno de los supuestos del artículo 65 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en el que se recogen los asuntos en los que la competencia corresponde a la Audiencia Nacional.

Más adelante añade: "Habiendo acordado la Sala el archivo por los supuestos delictivos de estafa y apropiación indebida, los que determinan la competencia de esta Audiencia, se produce una ruptura de conexión con los restantes tipos penales objeto de esta investigación, que no son competencia de esta Audiencia".

Ismael Moreno ha decidido también mantener provisionalmente las medidas cautelares dictadas en el procedimiento hasta que el nuevo juez al que corresponda, de acuerdo con las nuevas circunstancias y según su criterio, las mantenga o modifique.

Además de este auto, el juez Moreno remitió también a la Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial los datos y documentos relativos a la actuación en el caso del anterior juez instructor, Javier Gómez de Liaño.

Conducta de Liaño.

El pleno del Poder Judicial acordó requerir esa información complementaria tras un primer debate sobre la actuación de Gómez de Liaño. La comisión examinó ayer los documentos remitidos desde la Audiencia Nacional y decidió elevarlos al pleno del mencionado organismo, que hoy se reúne. Lo que está pendiente de dilucidar es si Liaño pudo cometer, prevaricación o no al decretar el secreto del sumario sobre parte del caso Sogecable, tras la orden de levantarlo dictada por la Sala de lo Penal.El pleno se pronunciará sobre si remite la conducta de Gómez de Liaño al fiscal, tal y como figuraba en la propuesta del instructor, del expediente disciplinario, José Jiménez Villarejo; o si decide no hacerlo.

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