Matones de papel
El juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno estimó el pasado viernes la recusación -presentada por Juan Luis Cebrián- del juez Gómez de Liaño como instructor del sumario Sogecable y se hizo de inmediato cargo de la causa. El auto descansa sobre una amplia y sostenida jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), el Tribunal Constitucional (TC) y el Tribunal Supremo (TS); los doce apartados de los razonamientos jurídicos citan cerca de treinta sentencias dictadas por los,. tres altos tribunales en relación con la independencia e imparcialidad de los jueces. Algunos libelistas con vocación de ilustrados dieciochescos, pero igualados en su falta de talento con otros rufianes de la ultraderecha periodística, han embestido contra el juez Moreno -sin tomarse la molestia de leer la resolución- mediante argumentos ad hominem, groseras injurias y procaces insultos.Algunas infamias publicadas durante estos días en el diario El Mundo producen bochorno. "Ningún magistrado contemporáneo había defendido una resolución injusta con tanta claridad. Juez rima con prez y hez: elijan ustedes consonante" (Jiménez Losantos). "Por amargo que sea, hay que darle razón al antiguo policía y hoy juez. Cebrián no es un ciudadano. No lo es Polanco. Ambos se hallan, por definición, fuera de la ley" (Albiac). "Lo que acaba de hacer el juez Moreno en la Audiencia Nacional recusando a Gómez de Liaño en Sogecable es una prueba mas del golpe (de Estado) judicial felipista" (Sebastián). "Ismael Moreno es juez de la Audiencia Nacional. Mejor dicho: Ismael Moreno está juez de la Audiencia Nacional. Antes estuvo policía. Mejor dicho: antes fue policía" (Javier Ortiz). "En el puteal de La Moncloa ya está Cebrián de marmolillo inspirando a los jueces" (Martín Prieto). La guinda leguleya del indigesto pastelón cocinado por estos matones de papel corre a cargo de un magistrado en ejercicio, Joaquín Navarro Estevan: el auto de Ismael Moreno es "una resolución inicua e infame que ha pasado por derecho propio a la peor historia de la prevaricación celtibérica".Pero la historia continúa. La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) no sólo multó ayer con 350.000 pesetas al juez Gómez de Liaño por su irrespetuosa e impertinente contestación a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, responsable de haberle revocado varias resoluciones; también elevó al Pleno del CGPJ una propuesta que -de ser aceptada- haría marchar en paralelo a la sanción disciplinaria con un proceso penal: el envío de los antecedentes del caso al fiscal general del Estado ayudaría a establecer si el instructor del sumario Sogecable cometió un delito de prevaricación. La sospecha no es nueva: ante el Supremo han sido ya interpuestas varias querellas por prevaricación -pendientes de informe por la fiscalía- contra Gómez de Liaño.
Esos querellantes interpretan como indicio de delito los severos términos empleados por la Sala de lo Penal para revocar las resoluciones de Gómez de Liaño: "falta de fundamento legal y material", "arbitrariedad de la medida adoptada", "la declaración... no está objetivamente justificada", "irrazonable", "innecesaria", "desproporcionada", "inadecuada". Pero los revolcones sufridos por el instructor del caso Sogecable son precisamente uno de los principales motivos para la aceptación de la recusación por Ismael Moreno; porque la jurisprudencia del Supremo establece como "doctrina plausible" que "resoluciones sistemáticamente adversas, infundadas, irrazonadas y desacertadas pueden evidenciar por sí solas, en casos excepcionales, el apasionamiento hostil, la animosidad y el enconamiento intraprocesales que aconsejen sustituir al juzgador por otro más sereno, ecuánime y mesurado, de cuya imparcialidad y neutralidad no quepa recelar ni dudar". Y no hace falta haber estudiado en Salamanca para encuadrar el caso Sogecable dentro. de esa doctrina jurisprudencial.
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