La Comisión Europea no se pronuncia aun sobre la reforma de la 'ley digital' española
Los cambios promulgados contienen añadidos respecto a lo ínformado por Moncloa
Bruselas La reforma de la ley digital aprobada el viernes por el Gobierno entrará hoy en vigor, tras su publicación, ayer, en el Boletín Oficial del Estado. La rectificación es mucho más extensa que lo reformado: así, el párrafo del artículo 7a) suprimido por esta reforma queda sustituido por otros siete, entre los cuales figuran cuatro incisos enteramente nuevos respecto del texto facilitado el viernes por el Gobierno que aprobó el decreto-ley. Fuentes de la Comisión Europea comentaron ayer que no habrá una respuesta de dicho órgano al menos hasta el día 24.
La portavoz del comisario de Mercado Interior, Mario Monti, reiteró que las modificaciones se examinarán lo más rápidamente posible, pero no se espera una respuesta hasta el próximo 24 de septiembre o 1 de octubre. La portavoz insistió en que la reforma promulgada en España no está negociada con la Comisión, ya que sólo ha habido "contactos técnicos".En contraste con ese comentario, el ministro español de Exteriores, Abel Matutes, afirmó ayer que el Gobierno y la Comisión Europea "están encontrando el punto de equilibrio entre las respectivas posiciones" a propósito de la ley digital. Este punto de equilibrio se adecuará "a lo que establece el Tratado" [de la Unión]. Su colega de gabinete, Rafael Arias-Salgado, había declarado el domingo a La Vanguardia que, con el decreto-ley, el Gobierno había encontrado "un planteamiento distinto para garantizar una misma finalidad, que no cambia: los descodificadores serán abiertos y compatibles".
La, reforma promulgada suprime, en efecto, las alusiones de la ley a la obligatoriedad del sistema de descodificación multicrypt en caso de desacuerdo entre los operadores del sector sobre la utilización del procedimiento simulcrypt. Pero ordena que los sistemas y los descodificadores sean "inmediata y automáticamente abiertos y compatibles", lo cual ha de resultar de sus características técnicas o de un acuerdo entre operadores. Para garantizar el cumplimiento y efectividad de esa disposición, se atribuye a la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, por decreto-ley, no sólo las facultades que ya figuraban en la referencia del último Consejo de Ministros (véase EL PAÍS del sábado pasado), sino un conjunto de nuevas obligaciones para los operadores que no figuraban en la información del Gobierno. Son las siguientes:
-En el párrafo sobre la necesidad de que los contratos de distribuidores y usuarios con los usuarios sean aprobados por la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, el texto promulado ayer agrega la obligación de informar a los clientes sobre si se ha producido o no un acuerdo entre operadores para hacer compatibles los distintos descodificadores, "indicándose las consecuencias que del acuerdo o de la falta de éste se deriven para el usuario".
-También es nuevo lo siguiente: "Todo contrato de cesión, por cualquier título, de la posesión de descodificadores y de prestación de servicio de televisión digital mediante acceso condicional habrá de constar en documento ajustado al modelo aprobado por la Comisión, con expresión de la fecha de la resolución aprobatoria. Necesariamente, habrán de figurar en el documento los nombres y domicilios del operador, del distribuidor o del suministrador y los del cliente".
-Se añade igualmente: "No tendrán efecto alguno los contratos que los distribuidores y los operadores celebren con los usuarios, ni los que lleven a cabo los operadores entre sí, sin cumplir lo previsto en los apartados 1 y 2 de este artículo" [Que se refieren a que los contratos con los usuarios deben hacerse en modelos ajustados a lo aprobado por la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones].
-Igualmente se agrega la capacidad de "los operadores y de los usuarios, por sí o a través de las asociaciones que les representen", para ejercitar "cuantas acciones estimen pertinentes para obtener la tutela judicial efectiva de sus derechos".
Fin de los plazos
Asimismo, la reforma aprobada suprime los plazos que daba la ley para sustituir los descodificadores ya en servicio. Ese párrafo queda sustituido por otro en el que se faculta a la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones para exigir a los distribuidores o suministradores que informen por escrito a sus clientes sobre si los descodificadores cedidos "son técnicamente abiertos y compatibles".El texto del decreto-ley promulgado ayer añade -respecto a la información dada el viernes por el Gobierno- que, en caso de que se usen descodificadores no compatibles, hay que precisar a los clientes "si hay o no acuerdo entre los operadores para su uso compartido, con indicación, en su caso, de los operadores que lo hayan otorgado y de las consecuencias que del acuerdo o de la falta de éste se deriven para el usuario".
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