El derecho de asilo
No hay pruebas que demuestren que la familia iraní que solicitaba asilo político en España fuera realmente perseguida en su país por sus creencias religiosas (católicas). Éstos son los motivos que expone el Gobierno para denegar la solicitud. La familia tiene cinco días para abandonar España, y si no lo hace será devuelta a su país -deportada es la expresión correcta- por considerársela ilegal.No sé por qué nuevo principio del derecho se ha invertido aquí la carga de la prueba para volver al sistema inquisitivo, a la presunción de culpabilidad. Si esta familia no se atreve a pedirles a sus parientes residentes en Irán que traten de probar los hechos alegados en la solicitud, si no están dispuestos a someter a sus parientes al peligro de una lapidación o a otro mecanismo de tortura, entonces corren el riesgo de no merecer crédito del ministerio. "Un Estado de derecho se rige por la ley. Como la ley exige pruebas... ".
Supongo que para calmar a los ciudadanos sensibles a esta situación, pedirán "serenidad y reflexión". Parece como si el Gobierno, en su pretensión de suprimir el derecho de asilo entre los países de la Unión Europea, pretendiera hacer a sus socios una demostración por reducción al absurdo: una familia iraní no puede demostrar el acoso del que es víctima en su país, luego, cuando menos, ¡podrá hacerlo un ciudadano europeo!
Quizá ésta sea una nueva lógica emergente con la que se pretende inducir al abandono de un derecho que ha protegido a tantos españoles. Se comienza pidiendo su supresión en Europa y luego -mejor dicho, ahora- se actúa para negárselo al resto.-
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