El tribunal dice que la vista no fue a puerta cerrada por ocultismo

El Tribunal Militar Central explica en la sentencia su polémica decisión de celebrar a puerta cerrada el juicio contra el coronel Perote, lo "que no tuvo su causa en el capricho o la arbitrariedad y mucho menos en el ocultismo"."En el debate procesal", argumenta, "figuraban asuntos y materias de muy relevante trascendencia, tanto para España como para otros estados con los que nuestro país mantiene determinadas alianzas. La eventualidad de que pudieran desvelarse por los testigos o el procesado alguna de aquellas materias, en el marco de una confrontación a veces acalorada y tensa, con las muy negativas consecuencias que ello acarrearía a altos intereses del Estado, obligaron al tribunal a extremas su prudencia y a adoptar medidas que preservaran aquello que, por su naturaleza, está excluído del conocimiento público".
Agrega, además, que muchos testigos, que inicialmente se acogían a su dispensa de declarar, se decidieron a contestar las preguntas cuando se les explicó que la vista se celebraba sin público para facilitar su testimonio, "lo cual permitió proveerse de importantes y valiosos elementos de juicio".
El tribunal rechaza también el argumento esgrimido por Perote de que los documentos sustraídos del Cesid no estaban legalmente clasificados, ya que no llevaban los reglamentarios sellos. Explica el tribunal que lo que está clasificada como secreta es la información contenida en un documento y no el documento en sí, pues de otro modo se llegaría al "absurdo y la irresponsabilidad de declarar impune la conducta del funcionario" que copiara literalmente en un papel el contenido de un informe ese sí clasificado como secreto con todos los sellos. "Ninguna interpretación de las leyes autoriza al juzgador a incurrir en el despropósito", concluye.
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