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Canal + Francia recurre las medidas de Liaño contra Polanco

La acusación a Sogecable es "absolutamente infundada"

Las medidas cautelares impuestas por el juez Javier Gómez de Liaño al presidente de Sogecable, Jesús de Polanco, han sido recurridas también por el presidente de Canal + Francia, Pierre Lescure, y otras cuatro personas que representan al accionista francés en la empresa española: Jorge Semprún, Nicholas Patrick Stubbs, Michel Touluze y Laurent Perpere. El Grupo Canal + Francia tiene el 25% del capital de Sogecable, un porcentaje idéntico al que posee el Grupo PRISA.

Los representantes de Canal + Francia justifican su recurso porque las "imputaciones absolutamente infundadas" contenidas en el auto judicial contra Polanco no se refieren únicamente a este último, sino a todos los administradores de Canal Plus y Sogecable. La primera de las imputaciones de Liaño es que Sogecable se constituyó "al darse cuenta los administradores", según el juez, de que con los depósitos de los abonados se estaba infringiendo una resolución de la Secretaría General de Telecomunicaciones, que exigía que los recursos ajenos de la empresa concesionaria no superaran el 30% de la totalidad de los recursos. Los representantes de Canal + Francia desmienten esa versión y atribuyen la creación de Sogecable al interés de desarrollar actividades de televisión por cable o por satélite que no estaban comprendidas en el objeto único de la concesión de Canal +, que era el de explotar una televisión de difusión por ondas terrestres.

"Esta y no otra fue la razón por la que se constituyó Sogecable", afirman los representantes del socio francés. "La transmisión de los descodificadores era una consecuencia inevitable de esta nueva actividad", ya que esos aparatos permitían recibir y descodificar, además de la señal transmitida por ondas terrestres, también la señal por satélite o cable de la nueva televisión que se pretendía desarrollar".

"Por ello, y porque la actividad de gestión de los descodificadores no formaba parte del objeto de la concesión, Canal Plus tomó la decisión de transferir los descodificadores a Sogecable", añaden. La cesión, al tiempo, de las fianzas "era perfectamente lógica, ya que dichas fianzas garantizaban fundamentalmente el uso correcto por los abonados de los descodificadores".

Se da la circunstancia de que el juez Gómez de Liaño ha citado a declarar como imputado a Jorge Semprún para el próximo día 21. Semprún ni siquiera era consejero de Canal Plus España cuando se decidió, en 1991, la creación de la Sociedad de Gestión del Cable y el traspaso a la misma de los descodificadores y de las fianzas. Semprún comenzó a ser consejero a partir de junio de 1992; y nunca ha formado parte de la comisión ejecutiva de la sociedad, pese a lo cual Liaño le ha citado a declarar inmediatamente después del presidente, Jesús de Polanco, y del consejero delegado, Juan Luis Cebrián.

Fianzas, como en Europa

En su recurso, los consejeros de Canal + Francia mencionan que, cuando se modificó la ley española de televisión privada y desapareció la limitación para que los concesionarios pudieran desarrollar el objeto único de explotar una televisión terrestre, "los accionistas acordaron la fusión de Canal Plus y Sogecable", que se realizó en enero de 1996.El recurso de los consejeros de Canal + Francia comparte muchos de los argumentos del que ya han presentado los abogados de Polanco (véase EL PAÍS del 2 de julio) y enfatiza que el modelo usado en España respecto a las fianzas "no es más que el que Canal Plus Francia ha estado utilizando en toda Europa".

"En todos los países en que Canal Plus opera", explica, "las empresas de televisión reciben de sus clientes fianzas -dépôts de garantie en la terminología francesa exportada a los demás países- en garantía del correcto uso de los descodificadores y las utilizan como un recurso más de la empresa. A cambio el cliente recibe un aparato que no necesita comprar, a diferencia de lo que ocurre en otros países europeos, y por cuyo uso no tiene que pagar absolutamente nada, pudiendo recibir la cantidad en su día entregada como garantía en el momento en que decide darse de baja".

Los consejeros de Canal + Francia -asesorados por el catedrático Gonzalo Rodríguez Mourullo- recuerdan que han sido devueltas todas las fianzas solicitadas por los abonados hasta la fecha, con lo cual no hay ningún perjudicado; ni puede haberlos en el futuro, dado que, además, "dicha devolución se encuentra garantizada por una póliza de seguro suscrita con una entidad de gran solvencia

El recurso califica de "insólitas" las imputaciones del auto judicial cuando afirma que la bajada del tipo impositivo del IVA supuso una disminución considerable de ingresos para Canal +. El IVA no es un ingreso ni un gasto, por lo cual ninguna pérdida tenía que compensar Canal +, porque el IVA no afectaba a sus ingresos. En el sumario está acreditado que la bajada del IVA fue repercutida a los abonados.

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