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La sala rechaza garantías hipotecarias de 4.000 millones

Mario Conde había ofrecido en su recurso de súplica sustituir la fianza (en metálico o aval bancario) por la presentación de una, garantía hipotecaria equivalente, previa tasación, al doble que el valor señalado en metálico. En otros términos, si la fianza fue ratificada en 2.000 millones de pesetas, la oferta de Conde ascendía a una garantía hipotecaria de 4.000 millones. La sala de lo Penal, sección primera, rechazó esta propuesta.El punto séptimo de la resolución, al referirse a la oferta del ex banquero, señala: "Tal pretensión sólo merece un pronunciamiento denegatorio. El recurrente en cualquier caso tiene la posibilidad de, si a su derecho conviene, utilizar los bienes inmuebles que de forma paladina está reconociendo poseer (valorados por él mismo en 4.000 millones de pesetas), para la obtención de un crédito que cubra la fianza impuesta de 2.000 millones de pesetas".

Algunas de estas garantías fueron utilizadas por Conde al solicitar a Bankinter, en enero de 1995, un aval de 2.000 millones de pesetas para sí mismo y otro de 1.000 millones para Arturo Romaní, a fin de obtener la libertad provisional.

Negociación con bancos

Ninguna de ellas ha sido hasta ahora embargada por el juzgado central de instrucción número 3 a raíz del caso Banesto, entre otras cosas porque el ex banquero mantiene con su esposa, Lourdes Arroyo, un régimen de separación de bienes.Tanto en las sociedades Lassalcedas como en Los Carrizos de Castilblanco, que poseen las fincas de Toledo y Sevilla, la posición accionarial de Lourdes Arroyo es significativa.

En el caso Banesto se le exige al ex banquero, de forma individual y solidaria, una fianza por responsabilidades civiles de 10.200 millones de pesetas. Esa fianza no ha sido satisfecha y los embargos practicados sobre bienes de Conde han sido, de momento, insignificantes.

Por tanto, Conde tendrá ahora que reanudar sus negociaciones con entidades crediticias para obtener el aval a fin de prestar la fianza solicitada. El problema no reside tanto en el coste de un aval bancario (ronda el 1% ó 1,5% anual) como en la aceptación por parte de la entidad de las garantías que el ex banquero pueda aportar.

El riesgo de fuga que ve la sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, después de la sentencia condenatoria en el caso Argentia Trust indudablemente también lo verán los bancos.

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