Precisiones
En relación con la carta publicada en su periódico el pasado 7 de febrero de 1997 bajo el título Las pensiones y el tocomocho, en la que Juan Emilio Muñoz García hacía referencia a que la pensión de su madre había sido excluida de la revalorización para 1997, me gustaría precisar que:Todas las pensiones de la Seguridad Social han sido objeto de revalorización en un 2,6% para 1997, incluida en consecuencia la que percibe la madre del señor Muñoz García, si bien esta revalorización, como la de cualquier otra pensión que esté en similares circunstancias, se ha realizado sobre su importe en sentido estricto, esto es, excluyendo la diferencia o "complemento por mínimos" hasta la cuantía mínima que se venía percibiendo.
En efecto, el tratamiento del "complemento por mínimos" es diferente, ya que se reconoce una vez aplicada la revalorización a la pensión y solamente si la cuantía resultante no alcanzase la pensión mínima garantizada que corresponda, quedando su reconocimiento y, en su caso, importe supeditado a que el pensionista no perciba otras rentas o pensiones por encima de una determinada cantidad, circunstancia que afecta a la interesada.
Esto es así porque el mencionado "complemento por mínimos" -cuya financiación a través de cotizaciones sociales e impuestos es reflejo del esfuerzo solidario del conjunto de los ciudadanos- cumple la misión de garantizar a todos los pensionistas un determinado nivel mínimo de rentas considerando globalmente su situación personal y familiar, circunstancia por la cual tiene que ir dirigido a las personas que se encuentren en estado de mayor necesidad.
Sin olvidar, además, que la Administración debe dar cumplimiento a la normativa en vigor sobre la materia, que tuvo como punto de partida la orden de 26 de abril de 1974, y que se ha venido recogiendo en las sucesivas normas sobre revalorización de pensiones. En este sentido, el Gobierno actual no es responsable de que por anteriores administraciones de la Seguridad Social no se fuera lo suficientemente riguroso en la aplicación de la legislación vigente.Y todo ello se realiza en aplicación del principio de solidaridad que rige en nuestro sistema de Seguridad Social, principio que es intención del Gobierno seguir reforzando en el futuro a través del desarrollo de una serie de medidas que no sólo asegurarán en todo momento el mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones, sino que también prestarán una atención prioritaria a los pensionistas de menores ingresos, a quienes con el esfuerzo de todos, se les garantizará un mayor nivel de protección.- Secretario de Estado de la Seguridad Social.
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