Farmacias
Respecto a la reciente autorización por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid de varios expedientes de traslado de farmacias a determinadas áreas, postergando otras solicitudes de farmacéuticos sin farmacia para establecerse en las mismas zonas, que son anteriores y muy antiguas, Farmacéuticos en Paro debe puntualizar:Si la consejería hubiese cumplido lo que disponen las leyes que regulan el procedimiento administrativo, tanto la anterior como la actual, así como el Decreto 74/1993 de la propia Comunidad, debería haber resuelto hace años las solicitudes de los que no tienen farmacia. Máxime cuando 3 el Decreto 909/78, les otorga prioridad absoluta tanto para la adjudicación como para la resolución.
La consejería mantiene varios millares de solicitudes paralizadas, so pretexto de que el Decreto 11/19,96 impide la resolución de expedientes anteriores hasta que exista una nueva ley. Se trata de una mera excusa carente de toda base, porque el artículo 9.3 de la Constitución garantiza la irretroactividad de las disposiciones limitadoras de derechos individuales.
Aunque estos actos de la Comunidad de Madrid pudiesen ser legales, no son equitativos ni justos, sientan un precedente que perjudica gravemente a todos los farmacéuticos que no tienen farmacia para beneficiar a muy pocos que la tienen- Vicepresidenta de Farmacéuticos en Paro.
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